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Esta Presidencia, con fecha de hoy, ha resuelto, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del R.D.
896/91, de 7 de junio, convocar las pruebas selectivas para la provisión de 1 plaza de Técnico de Cooperación Internacional mediante el sistema de concurso-oposición libre, con sujeción a las bases que se acompañan, aprobadas por la Comisión de Gobierno del pasado día 2 de los corrientes.
Córdoba, 16 de mayo de 2001.- El Presidente, P.D., El Diputado Delegado de RR.HH. y Cooperación al Desarrollo, José A. Albañir Albalá.
1.º Normas generales.
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la convocatoria para la provisión mediante concurso- oposición libre de 1 plaza de Técnico de Cooperación Internacional, incluida en la Oferta de Empleo Público de
1998, perteneciente a la plantilla de personal laboral, dotada con las retribuciones previstas en el Convenio Colectivo de aplicación.
1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; R.D. Leg. 781/86, de 17 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; las bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.
2.º Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que para el ingreso al servicio de la Administración Local establecen las disposiciones legales vigentes:
a) Ser español o española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación en la plaza de que se trate.
3.º Solicitudes.
3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas
selectivas, dirigidas al Presidente de la Corporación, se formularán preferentemente en el modelo oficial que se
adjunta como Anexo I a las presentes bases, y se
presentarán en el Registro General de Entrada de
Documentos de la misma, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el BOE.
Los interesados deberán unir a la solicitud fotocopia del DNI o documento de identificación del Estado
correspondiente y justificante o comprobante de haber
ingresado la tasa a que se refiere el apartado 3.4.
Deberán acompañar, igualmente, a la solicitud la
documentación que justifique los méritos alegados,
debidamente compulsada o cotejada conforme al artículo 158 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.
3.2. Para ser admitidos a esta convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
2.ª, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
3.3. Las solicitudes también podrán presentarse en
cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Si, conforme a dicho precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos, deberá
aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.
3.4. La tasa por prestación del servicio de participación en pruebas selectivas asciende, según la correspondiente Ordenanza Reguladora, a mil doscientas cincuenta pesetas (siete euros y medio), que se ingresarán en la cuenta
corriente de Cajasur número 2024/6028/19/311094051.4, con la indicación «pruebas selectivas plaza Técnico de
Cooperación Internacional, Excma. Diputación Provincial de Córdoba¯.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.º Admisión de los aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará Resolución en el término de un mes declarando aprobadas la listas de admitidos y de excluidos e indicando el lugar en el que se encuentran expuestas las relaciones certificadas de ambas listas. Dicha Resolución se publicará en el BOP, juntamente con la relación de
excluidos y causas que han motivado la exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la
publicación de la Resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos
defectos quedarán definitivamente excluidos de la
convocatoria.
En la misma Resolución se harán públicos el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
5.º Tribunal Calificador.5.1. El Tribunal Calificador,
integrado por igual número de miembros titulares y
suplentes, tendrá la siguiente composición:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma
en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o un funcionario
Licenciado en Derecho al servicio de la misma, con voz y sin voto.
Vocales:
- Un representante de la Comunidad Autónoma.
- Un representante de los empleados de la Corporación,
designado por el Comité de Empresa.
- El responsable del Servicio o Departamento a que esté adscrita la plaza o, en su defecto, un empleado
cualificado de la Corporación.
- Un técnico o experto en la materia o especialidad.
La composición del Tribunal será predominantemente
técnica, y en ella se velará por el principio de
especialidad. Todos los Vocales del Tribunal deberán
poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a la plaza de que se trate.
5.2. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Diputación Provincial,
cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/92, o si hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias
anteriormente citadas.
5.3. Para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones bastará la asistencia de su Presidente, del Secretario y de la mitad de los Vocales, titulares o suplentes, indistintamente.
5.4. La determinación concreta de los miembros del
Tribunal, así como la de sus suplentes, se hará pública en el BOP, conjuntamente con la Resolución a que hace
referencia la base 4.ª
5.5. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus
trabajos de Asesores en aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas, así como de
colaboradores en tareas de vigilancia y control del
desarrollo de los diferentes ejercicios.
5.6. De conformidad con lo establecido en el R.D. 236/88, de 4 de marzo, a efectos de indemnizaciones por
asistencia, el Tribunal Calificador tendrá la categoría de
1.ª
6.º Sistema de selección.El sistema de selección será el de concurso-oposición.
- Concurso.
El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos y presentados
al primer ejercicio de la oposición, previamente a la
corrección de éste, y los calificará conforme al baremo que figura como Anexo II a las presentes bases. Las
puntuaciones otorgadas se expondrán al público
conjuntamente con las calificaciones del primer ejercicio.
No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, salvo que se hayan relacionado en la solicitud y alegado la imposibilidad de aportar su justificación en la
solicitud de participación en la convocatoria o dentro del referido plazo.
Quienes hayan prestado servicios a la Corporación y deseen que se valoren como mérito los mismos, lo harán constar en la solicitud de participación, interesando la aportación de oficio del correspondiente justificante a la
documentación presentada.
- Oposición.
De conformidad con el contenido del programa y ejercicios que figuran en el Anexo III.
El primer ejercicio de la oposición no podrá comenzar
hasta transcurridos dos meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar y fecha de realización de dicho ejercicio se harán públicos
conjuntamente con la Resolución que se indica en la base
4.1.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del
siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.
Comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios para la
celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado los anteriores y en el tablón de edictos de la Corporación.
7.º Desarrollo de los ejercicios.
7.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados comporta que decaiga automáticamente en su derecho a participar en el ejercicio de que se trate y en los sucesivos y, en
consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente
justificado y así lo aprecie libremente el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados por estas
circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, cuando no se
entorpezca el desarrollo de la convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros.
7.2. La actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan actuar conjuntamente comenzará por orden
alfabético de apellidos a partir del primero de la letra resultante del sorteo público único para todas las
convocatorias que se celebren durante el año que realice la Administración General del Estado.
7.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo
contrario, adoptará las medidas oportunas para que los
ejercicios escritos sean corregidos sin conocer la
identidad del aspirante, y, por tanto, podrá eliminar
directamente a los opositores en cuyas hojas de examen
figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan
conocer la identidad de los mismos.
8.º Calificación de los ejercicios.
8.1. Todos los ejercicios de la oposición serán
eliminatorios y se calificarán hasta un máximo de 10
puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
8.2. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos.
8.3. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en la forma prevista en la base 6.ª la
relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificaciones de las puntuaciones obtenidas.
8.4. La calificación final de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de los puntos obtenidos en el
concurso y en cada uno de los ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el concurso; de
persistir la igualdad, en el ejercicio de carácter
práctico y en los restantes por orden de celebración, y de no ser posible deshacer el empate, se dilucidará por
sorteo.
9.º Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado los ejercicios
eliminatorios, por orden de puntuación, en la que
constarán las calificaciones otorgadas en el concurso y en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán aducir alegaciones durante un plazo de diez días sobre las anteriores calificaciones, que serán tenidas en cuenta por el Tribunal al formular la relación definitiva de
aprobado/s, que se expondrá en el tablón de anuncios y
será elevada al Presidente de la Corporación para que
formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurarán el/los aprobado/s por orden de puntuación, en número igual al de plazas convocadas. Contra dicho acuerdo del Tribunal, que no agota la vía administrativa, podrán interponerse por los interesados recurso de alzada, en el plazo de 1 mes, ante el Presidente de la Corporación.
Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales,
contados a partir de la publicación de la lista de
aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2.ª, y que son:
9.1. Fotocopia del DNI o Documento de Identificación del Estado correspondiente, acompañado del original para su compulsa.
9.2. Copia autentificada o fotocopia, que deberá ser
presentada con el original para su compulsa, del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o justificante de haber abonado los derechos de su expedición.
9.3. Informe del Médico de Empresa de esta Corporación
sobre la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas de la plaza a que se aspira.
9.4. Declaración jurada o promesa de no haber sido
separado mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
9.5. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el
puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo
establecido en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades.
Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos
estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento,
debiendo presentar certificación del Ministerio,
Corporación Local u Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza
mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser
contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido
incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso, se propondrá para su contratación a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de 20 días naturales presenten la
documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.
El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de Ley Reguladora de esta
convocatoria.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden de la convocatoria en todo lo no
previsto en estas bases y disposiciones vigentes que
regulen la materia.
Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el
Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas bases se
realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse por los
interesados con carácter potestativo recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un
mes, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir de su
publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Ver Anexo I en página 14.731 del BOJA núm. 99, de 28
de agosto de 2001
ANEXO II
FASE DE CONCURSO
A) Méritos profesionales:
- Por cada mes completo de servicios prestados en esta
Excma. Diputación Provincial en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación: 0,15 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en
cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o
puesto de igual o similar contenido al que se opta,
acreditado mediante la correspondiente certificación
expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.
- Por cada mes de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que
deberán ser suficientemente acreditativos a través del
contrato de trabajo visado por el Inem y certificados de cotizaciones a la Seguridad Social o cualquier otro
documento de igual fuerza probatoria: 0,05 puntos.
A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos
profesionales: 4,00 puntos.
B) Valoración de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán aquellos cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y las homologadas oficialmente para la impartición de
cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.
Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 3
puntos, aplicados de la siguiente forma:
b.1. Por la participación como asistente o alumno a
cursos, seminarios, congresos y jornadas:
b.1.1. Hasta 14 horas ó 2 días: 0,05 puntos.
b.1.2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
b.1.3. De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
b.1.4. 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
b.1.5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
b.1.6. De 201 a 300 horas o de 41 a 60 días: 1 punto.
b.1.7. De 301 a 400 horas o de 61 a 80 días: 1,50 puntos.
b.1.8. De más de 400 horas o de 80 días: 2,00 puntos.
Cuando se acredite que los cursos respectivos han sido
superados con aprovechamiento, la puntuación anterior se incrementará en 0,10 puntos.
b.2. Por la participación como Ponente en cursos,
seminarios o jornadas: 0,10 puntos por cada uno, máximo
0,50 puntos.
C) Titulaciones académicas.
Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso en la categoría y Grupo de Empleado, según lo establecido en el art. 25 de la Ley 30/84, y que sea
relevante para el desempeño de la plaza objeto de la
convocatoria. Se valorará hasta un máximo de 2 puntos,
según el siguiente baremo:
- Grado de Doctor: 2,00 puntos.
- Otra Licenciatura: 1,00 punto.
No se valorarán aquellas titulaciones que sean necesarias para obtener otras superiores puntuadas.
Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas u
homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.
D) Méritos específicos.
a) Por publicaciones, ponencias, etc., de carácter
científico o técnico y que estén relacionadas con la plaza convocada se otorgará hasta un máximo de 1 punto.
b) Por actividades de cooperación al desarrollo en países del Tercer Mundo en programas vinculados a alguna
Administración Pública española u Organismo Internacional se otorgarán 0,10 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 1 punto.
ANEXO III
EJERCICIOS Y PROGRAMA DE LA OPOSICION
- Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito en un período máximo de 4 horas, dos temas
extraídos al
azar de las materias comprendidas en el Programa Adjunto correspondientes a este ejercicio; uno de los incluidos en el Bloque I y otro de los incluidos en el Bloque II.
El ejercicio será leído por los candidatos en sesión
pública.
Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá
dialogar con los aspirantes sobre materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones
complementarias. El diálogo podrá tener una duración
máxima de quince minutos.
En este ejercicio se valorarán por separado con un máximo de 5 puntos cada uno de los temas, y la suma de ambos
constituirá la puntuación del ejercicio.
- Segundo ejercicio. De carácter práctico, consistirá en la elaboración de un Proyecto, Memoria o Programa, que
determine el Tribunal, relacionado con la Cooperación
Internacional al Desarrollo. El resultado del ejercicio deberá ser traducido por los opositores a los idiomas
inglés y francés y se introducirá en un sobre
suficientemente identificado que entregará cerrado al
Tribunal. El Tribunal podrá asesorarse de profesionales cualificados para ponderar el dominio de los idiomas de los aspirantes.
En este ejercicio se valorará el dominio de las lenguas extranjeras con un 40%, y el contenido, la aportación
personal del aspirante y su capacidad de síntesis con un
60% sobre los 10 puntos del ejercicio.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de
5 horas.
- Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de 4 horas, dos temas concretos extraídos al azar de las siguientes materias comprendidas en el Programa Adjunto correspondientes a este ejercicio: Uno de los incluidos en el Bloque III y otro de los
incluidos en el Bloque IV.
Los ejercicios serán leídos por los candidatos en sesión pública. Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos.
Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá
dialogar con los aspirantes sobre las materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones
complementarias. El diálogo podrá tener una duración
máxima de quince minutos.
TEMARIO
BLOQUE I. MATERIAS COMUNES
1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes y
significado jurídico. Características y estructura.
Principios generales.
2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Garantías y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.
3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. La Administración Pública española: Administración
General del Estado. Administración de la Comunidad
Autónoma y Administración Local.
5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al
Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley.
Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones de carácter
general.
6. Los derechos del ciudadano ante la Administración
Pública. Consideración especial del interesado.
Colaboración y participación de los ciudadanos en la
Administración, con especial referencia a la
Administración Local.
7. El acto administrativo: Concepto y clases de actos
administrativos. Elementos del acto administrativo.
Eficacia y validez de los actos administrativos.
8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.
10. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.
11. Organización y competencias municipales/provinciales.
12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales:
Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
13. El servicio público local: Concepto. Formas de gestión directa e indirecta.
14. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento.
Actas y certificados de acuerdos.
15. Personal al servicio de la Entidad Local. Los
funcionarios públicos. Clases. Selección. Situaciones
administrativas. Provisión de Puestos de Trabajo. El
personal laboral: Tipología y Selección.
16. Derechos y deberes del personal al servicio de los
Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.
17. Los contratos administrativos. Concepto, clases y
elementos.
18. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y
fiscalización.19. El Procedimiento administrativo.
Principios informadores. Las fases del procedimiento.
Procedimientos de ejecución.
20. Los recursos administrativos: Conceptos y clases.
Requisitos generales de los recursos administrativos.
Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Las reclamaciones económico-administrativas. Las
reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía
judicial.
21. Las subvenciones públicas. Definición y
características. Reglamento de la Diputación de Córdoba sobre subvenciones.
22. La intervención administrativa. Clasificación
tradicional de las formas de acción administrativa. El
fomento y sus manifestaciones.
23. Técnicas modernas de gestión pública: Dirección por objetivos de actuaciones públicas. La función directiva. El directivo público.
BLOQUE II. COOPERACION AL DESARROLLO
Y LA UNION EUROPEA
1. El Presupuesto de la Comunidad Europea. La
financiación de las actividades comunitarias y de
Cooperación al Desarrollo.
2. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre circulación de mercancías, personas, servicios y
capitales. El fenómeno de la inmigración procedente de
terceros países. Derechos y legalización.
3. La política comercial común de la Unión Europea. Las relaciones comerciales exteriores de la Comunidad Europea.
4. La política de cooperación para el desarrollo de la
Comunidad Europea, con especial consideración del sistema Lomé. Ayuda humanitaria, ayuda de emergencia y ayuda
alimentaria: Objetivos, instrumentos y métodos de gestión.
5. La política regional. La política social. La cohesión económica y social. Los fondos estructurales.
Repercusiones del ingreso en la Unión Europea para la
economía andaluza.
6. Los préstamos y ayudas de la Comunidad Europea:
Instrumentos y mecanismos.
7. Medidas comunitarias en favor del desarrollo local y el empleo. Tipos y características fundamentales.
8. Medidas comunitarias para el desarrollo rural de las Zonas Objetivo 1. Tipos y características fundamentales.
9. La Unión Europea y la igualdad de oportunidades de las mujeres. Apoyos comunitarios para 1996-2000.
10. La importancia de la cooperación transnacional en los programas e iniciativas comunitarios. Metodologías de
trabajo.
11. La cooperación comunitaria con otros países. Especial referencia a América Latina, países de la Europa del Este y del Mediterráneo.
BLOQUE III. DERECHO INTERNACIONAL
Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
1. Los órganos del Estado encargados de las relaciones
internacionales: Organos centrales, misiones diplomáticas y delegaciones en conferencias y órganos internacionales. Las representaciones permanentes ante organizaciones
internacionales.
2. Los órganos del Estado encargados de las relaciones
internacionales: Las misiones diplomáticas y las oficinas consulares. Su régimen a la luz de la Convención de Viena de 1961 y 1963.
3. El régimen español de extranjería. Asilo y refugio. El acceso al trabajo de los extranjeros en España.
4. El Derecho internacional de los derechos humanos.
Principios fundamentales. Declaraciones, convenios y
mecanismos de protección en el ámbito universal: Sistema de las Naciones Unidas.
5. El Derecho internacional de los derechos humanos:
Declaraciones, convenios y mecanismos de protección en los ámbitos regionales, con especial referencia al Consejo de Europa y a la Organización para la Seguridad y la
Cooperación en Europa.
6. Las organizaciones internacionales. Concepto, clases, competencias y régimen jurídico. Los órganos y la adopción de decisiones.
7. Las Naciones Unidas. La Carta. Miembros, estructura
orgánica y funcionamiento.
8. La evolución de las Naciones Unidas en el desempeño de sus funciones, en especial respecto al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales y a la libre determinación de los pueblos.
9. Los organismos especializados y otros organismos del sistema de las Naciones Unidas. Otras organizaciones de ámbito universal.
10. Las Organizaciones internacionales de participación limitada. La Organización de Cooperación y desarrollo
económico. La Organización de Estados Americanos. La
Organización para la Unidad Africana.
RELACIONES INTERNACIONALES Y POLITICA EXTERIOR
11. La sociedad internacional contemporánea.
Universalidad, interdependencia y hetereogeneidad. La
jerarquización en la sociedad internacional.
12. El papel del Estado en las relaciones internacionales. Estado, pueblo y nación. Igualdad jurídica y desigualdad material entre los Estados.
13. Otros actores de la sociedad internacional: Las
fuerzas religiosas, las internacionales de partidos
políticos, sindicales y patronales, las organizaciones no gubernamentales, las empresas transnacionales.
14. Factores condicionantes de las relaciones
internacionales: Geografía, historia y cultura,
demografía, economía, ciencia y tecnología, ideologías.
15. Estructuras sociales y sistemas políticos en
Iberoamérica. El Presidencialismo. Federalismo y
centralización. El municipalismo iberoamericano.
16. Iberoamérica en la actualidad. Los procesos de
democratización. Desarrollo económico y cambios sociales. Procesos de integración regional. Iberoamérica en la
escena internacional.
17. Estructuras sociales y sistemas políticos en el mundo árabe e islámico, Asia Meridional y Africa Subsahariana. La cuestión del Sahara Occidental.
18. La evolución reciente de los países de la Europa
Central y Oriental: Transformaciones económicas, políticas y sociales. Los problemas de su reinserción internacional.
19. La política exterior de España desde 1975: Las
dimensiones europea y atlántica. La política hacia el
Norte de Africa y el Mediterráneo.
20. La política exterior de España desde 1975 hacia
Iberoamérica. La Conferencia Iberoamericana.
BLOQUE IV. ECONOMIA INTERNACIONAL Y COOPERACION AL
DESARROLLO
1. Evolución del sistema económico mundial desde el
patrón oro. Los acuerdos de Breton Woods. Evolución
reciente del sistema monetario internacional.
2. El Fondo Monetario Internacional y el grupo del Banco Mundial. La Organización Mundial del Comercio. Problemas actuales del comercio internacional.
3. El proceso de globalización de la economía. Causas y consecuencias. Las empresas transnacionales. Los
movimientos internacionales de capitales.
4. Economía y demografía. Problemas económicos y sociales relacionados con el crecimiento, la estructura, la
distribución y los movimientos de población en el mundo.
5. La energía y los recursos naturales a escala
internacional. La economía del Medio Ambiente.
6. Economía del desarrollo. Teoría sobre subdesarrollo. Problemas derivados de las desigualdades estructurales en producción, renta y tecnología.
7. Los problemas de la deuda externa y las políticas de ajuste estructural, especialmente en los países en vía de desarrollo.
8. El Comercio exterior de los países en vías de
desarrollo. El sistema de preferencias generalizadas. Los Acuerdos de productos básicos.
9. Instituciones y procesos actuales de cooperación e
integración económicas en América y Africa.
10. El diálogo Norte-Sur. Determinación de los conceptos cooperación y solidaridad.
11. La cooperación para el desarrollo: Concepto, evolución y clases. Papel de la OCDE: Ayuda Oficial para el
desarrollo. Asistencia técnica, donaciones y créditos.
Ayuda humanitaria.
12. El papel de las organizaciones no gubernamentales y demás asociaciones sin ánimo de lucro en la cooperación para el desarrollo. Origen, características, diferencias. Areas de actuación. El voluntariado de cooperación al
desarrollo.
13. La cooperación para el desarrollo descentralizada.
Tendencia actual. Los fondos de ayuda al desarrollo.
Plataforma del 0,7%: Origen, fundamento y consecuencias.
14. La cooperación multilateral para el desarrollo.
Instituciones financieras y no financieras. El sistema de Naciones Unidas: La Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Comercio y el Desarrollo y el Programa de las
Naciones Unidas para el desarrollo. Los Bancos regionales de desarrollo.
15. Cooperación al Desarrollo: Historia, caracterización y eficacia (análisis crítico).
16. El espacio de la Cooperación al Desarrollo en las
relaciones internacionales: El Estado, las
Administraciones Locales y la Sociedad Civil.
17. El papel de las empresas en la Cooperación al
Desarrollo. Financiación. Procesos de privatización de
servicios en países en desarrollo. Las Corporaciones
industriales multinacionales.
18. Cooperación al desarrollo por áreas estratégicas:
Países ACP, países del Mediterráneo, países de Asia y
América Latina.
19. Fondos españoles de Cooperación descentralizada:
Actores y redes institucionales con países receptores.
Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad
Internacional (FAMSI).
20. La política española de cooperación para el
desarrollo. La Ley 23/1998, de Cooperación Internacional para el Desarrollo: Objetivos, instrumentos, coordinación y recursos. La vertiente multilateral de la cooperación española.
21. Organismos estatales encargados de la gestión de la política de desarrollo. Bases generales del M.AA.EE. para concesión de subvenciones con destino a proyectos de
desarrollo.
22. Financiación de la cooperación para el desarrollo.
Cooperación reembolsable y no reembolsable. Créditos FAD: Objetivos, funcionamiento y resultados.
23. Programa de las N.U. para el desarrollo (PNUD).
Informes de desarrollo humano: Concepto, indicadores y
evolución.
24. La participación de la Junta de Andalucía en la
Cooperación para el desarrollo. La Oficina de Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Córdoba.
25. Identificación, ejecución, seguimiento, control y
evaluación de proyectos de cooperación.
26. Sensibilización de la sociedad. Educación para la paz y la solidaridad. Educación para el desarrollo: Agentes y objetivos.
27. El comercio justo y el consumo responsable: Definición y características. Financiación de la producción, redes de distribución y comercialización, y estrategias de
implantación en los países del Norte.
EL DESARROLLO LOCAL
28. Concepto de desarrollo y su evolución. Quiebra de
los sistemas tradicionales.
29. Posibilidades de desarrollo local en el medio rural. Marco de referencia para una estrategia de desarrollo.
30. Los aspectos fundamentales del entorno como base del desarrollo.
31. Bases, criterios e instrumentos para el
establecimiento de estrategias de planificación en
espacios rurales.
32. Evaluación de programas y políticas. Concepto y diseño de metodologías de seguimiento de programas de desarrollo.
33. El mercado y los organismos de promoción económica. Oferta y demanda de servicios para el desarrollo local.
34. La dinamización en el medio rural. Factores
activadores de la capacidad emprendedora de entornos
locales.
35. Análisis de proyectos de inversión. Estudio de los
instrumentos de evaluación.
36. Los recursos humanos como factor de desarrollo local. El desarrollo local y la orientación al empleo.
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