Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 15/09/2001

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 25 de julio de 2001, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se adjudica por contratación directa la ampliación del arrendamiento de la sede de la Delegación Provincial. (PD. 2512/2001).

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Expediente núm.: 2001/154113.

Contrato núm.: 20011541132B0428007900.

Denominación: Segunda ampliación arrendamiento sede Delegación. Procedimiento: Adjudicación directa.

Examinado el procedimiento iniciado de oficio por Resolución de 2 de julio de 2001, referente a la ampliación del arrendamiento del inmueble sede de la Delegación Provincial, se han apreciado los siguientes

H E C H O S

Primero. Con fecha 2 de julio de 2001 se emitió memoria- propuesta en la que se informa, por esta Delegación Provincial, de la necesidad de ampliar la sede de la misma para albergar los nuevos servicios adscritos como consecuencia de la reestructuración de la Consejería y consecuente modificación de su RPT.

Segundo. Solicitado a la Dirección General de Patrimonio el preceptivo informe previo a la contratación, éste se emitió, junto con el de la Intervención General, con carácter favorable.

Tercero. Aprobado el Pliego de Prescripciones Técnicas, la documentación del mismo se encuentra en el expediente del contrato inicial de arrendamiento de la sede de esta Delegación Provincial, al que éste queda anexionado como una ampliación de aquél, siendo el Pliego de Cláusulas Administrativas el mismo que en aquél rige.

Cuarto. Que se ha emitido propuesta favorable por el Secretario General de esta Delegación Provincial en torno a la referida contratación.

Con respecto a estos hechos habrá que tener presente los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que en cumplimiento de lo regulado en el art..2 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma Andaluza, ha quedado justificado en el expediente la peculiaridad de los intereses a satisfacer como causa de la contratación por adjudicación directa del presente contrato de arrendamiento.

Segundo. Que se han emitido sendos informes favorables, previos a la contratación, por la Dirección General de Patrimonio y por la Intervención General, de conformidad con lo previsto en el art. 159.1 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma en relación con el art. 177 del mismo Reglamento.

Tercero. En su tramitación se ha cumplido con lo regulado en la Resolución de 12 de febrero de 1997, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se dictan instrucciones en materia de arrendamientos.

Esta Delegación Provincial, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el art. 84.1 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 40, de 9 de mayo de 1986),

R E S U E L V E

Primero. Contratar por el procedimiento de adjudicación directa, justificada en la peculiaridad de la necesidad a satisfacer, de ciento ochenta y siete metros cuadrados (187 m), distribuidos en cuarenta y tres metros cuadrados (43 m) en planta baja, y ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados (144

m) en planta ático, con el mismo destino que el contrato inicial de arrendamiento, al que queda anexionado como una ampliación del mismo, es decir, sede de cualquier unidad administrativa de la Junta de Andalucía, o cualquier otra Entidad u Organismo Autónomo dependiente de la misma, siendo su destino actual el de ampliar la sede de la Delegación

Provincial en Almería de la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo. Adjudicar el contrato de arrendamiento a la empresa Castillo-Villegas, S.L. propietaria del edificio donde se ubica la actual sede de esta Delegación Provincial.

Tercero. Fijar el precio en la cantidad de tres millones ciento catorce mil seiscientas setenta y dos pesetas (3.114.672 ptas.) anuales, IVA incluido y gastos de comunidad, que son

18.719,56 euros, pagaderas mensualmente, en la forma

establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas que rige para el contrato inicial del que éste trae causa, a razón de doscientas cincuenta y nueve mil quinientas cincuenta y seis pesetas (259.556 ptas.), que son 1.559,96 euros, revisables en la forma establecida en el mencionado contrato inicial.

Cuarto. Establecer el plazo de duración del contrato en doce meses, ampliables en función de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige para el contrato inicial, al que éste queda anexionado como una ampliación del mismo, siendo, por tanto, su vencimiento el uno de julio de dos mil dos.

Quinto. Los efectos económicos de este contrato comenzarán desde la fecha de puesta a disposición del inmueble objeto de arrendamiento por parte de la arrendadora a la arrendataria, lo cual se pondrá de manifiesto mediante el levantamiento de acta de ocupación firmada por ambas partes, por lo que si la duración es inferior a la mensual, se prorrateará la renta por los días desde que se puso en aquella disposición.

Esta Resolución se notificará al interesado y se hará pública en cumplimiento de lo establecido en el art. 218 del Decreto

276/1987, de 11 de noviembre.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-

administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en cuya

circunscripción tenga su sede el órgano que dicta la presente disposición, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, con la regulación prevista en los arts., 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y con lo establecido en la Ley/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Almería, 25 de julio de 2001.- El Delegado, Juan Carlos Usero López.

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