Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 25/09/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 3 de septiembre de 2001, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Huelva, para que enajene directamente varias viviendas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Huelva, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de febrero de 2000, acordó incoar expediente de enajenación directa de 34 viviendas municipales a los ocupantes de las mismas.

Los adjudicatarios han venido ocupando dichas viviendas, quedando suficientemente acreditada la posesión pacífica y continuada de las mismas por un tiempo superior a dos años.

Las viviendas objeto de la enajenación directa y los adjudicatarios de las mismas son las que se relacionan a continuación:

1. Vivienda sita en Alameda Sundheim, núm., bajo izquierda, con una superficie construida de 98,43 m¯. Se adjudica a doña Margarita Rodríguez Liáñez. Valor: 340.025 pesetas.

2. Vivienda sita en Alameda Sundheim, núm., bajo derecha, con una superficie construida de 98,34 m¯. Se adjudica a doña M.ª Nieves Sánchez de la Campa. Valor: 340.025 pesetas.

3. Vivienda sita en Alameda Sundheim, núm.-1.º izquierda, con una superficie construida de 106,13 m¯. Se adjudica a doña M.ª Milagrosa Rodríguez Liáñez. Valor: 366.602 pesetas.

4. Vivienda sita en Alameda Sundheim, núm.-1.º derecha, con una superficie construida de 106,13 m¯. Se adjudica a don Francisco Rodríguez Rodríguez. Valor: 366.602 pesetas.

5. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 1, bajo izquierda, con una superficie construida de 97,96 m¯. Se adjudica a doña M.ª Bella Gamonoso Villaseñor. Valor: 338.391 pesetas.

6. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 1, bajo derecha, con una superficie construida de 97,96 m¯. Se adjudica a doña Alicia García Hierro. Valor: 338.391 pesetas.

7. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 1-1.º izquierda, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a doña Catalina Macías Alvarez y doña Agustina Hitos Cortés. Valor: 361.927 pesetas.

8. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 1-1.º derecha, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a doña María Cinta Aznar Román. Valor: 361.927 pesetas.

9. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 1-2.º izquierda, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a don Francisco Pérez Montero. Valor: 361.927 pesetas.

10. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 1-2.º derecha, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a doña M.ª Rosa Segura Vázquez. Valor: 361.927 pesetas.

11. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 2 bajo izquierda, con una superficie construida de 97,72 m¯. Se adjudica a don Manuel M.ª Márquez García. Valor: 337.572 pesetas.

12. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 2 bajo derecha, con una superficie construida de 97,72 m¯. Se adjudica a don Manuel López Romero. Valor: 337.572 pesetas.

13. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 2-1.º izquierda, con una superficie construida de 114,09 m¯. Se adjudica a doña Josefa Díez Cortina Hernández. Valor: 394.122 pesetas.

14. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 2-1.º derecha, con una superficie construida de 104,51 m¯. Se adjudica a doña Rosario Gómez Sánchez. Valor: 361.029 pesetas. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 2-2.º izquierda, con una superficie construida de

114,09 m¯. Se adjudica a don Serafín Gómez Rojas. Valor:

394.122 pesetas.

15. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 2-2.º derecha, con una superficie construida de 104,51 m¯. Se adjudica a doña Josefa Mesa Gallego. Valor: 361.029 pesetas.

16. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 3, bajo izquierda, con una superficie construida de 102,73 m¯. Se adjudica a don Ricardo Muñoz Acuña. Valor: 354.880 pesetas.

17. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 3, bajo derecha, con una superficie construida de 102,73 m¯. Se adjudica a doña Amparo Cano Martínez. Valor: 354.880 pesetas.

18. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 3-1.º izquierda, con una superficie construida de 119,93 m¯. Se adjudica a don Francisco Gómez Núñez. Valor: 414.297 pesetas.

19. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 3-1.º derecha, con una superficie construida de 119,93 m¯. Se adjudica a don Agustín A. Alburquerque Manzano. Valor: 414.297 pesetas.

20. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 3-2.º izquierda, con una superficie construida de 119,93 m¯. Se adjudica a don Juan Miguel Alvarez Calvo. Su valor, 414.297 pesetas.

21. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 3-2.º derecha, con una superficie construida de 119,93 m¯. Se adjudica a doña Elisea Pernil Calero. Su valor 414.297 pesetas.

22. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 4, bajo izquierda, con una superficie construida de 97,72 m¯. Se adjudica a doña Mercedes Galinao Gil. Su valor, 337.572 pesetas.

23. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 4, bajo derecha, con una superficie construida de 97,72 m¯. Se adjudica a doña

Sebastiana Banda Limón. Su valor, 337.572 pesetas.

24. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 4-1.º izquierda, con una superficie construida de 104,51 m¯. Se adjudica a don Juan Campos Lorenzana. Su valor, 361.029 pesetas.

25. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 4-1.º derecha, con una superficie construida de 114,09 m¯. Se adjudica a Demetrio Olmo Ríos. Su valor, 394.122 pesetas.

26. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 4-2.º izquierda, con una superficie construida de 104,51 m¯. Se adjudica a doña

Candelaria Rebollo García. Su valor, 361.029 pesetas.

27. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 4-2.º derecha, con una superficie construida de 114,09 m¯. Se adjudica a doña Inés Romero Sánchez. Su valor, 394.122 pesetas.

28. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 5, bajo izquierda, con una superficie construida de 97,96 m¯. Se adjudica a doña Juana Vázquez Pérez. Su valor, 338.391 pesetas.

29. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 5, bajo derecha, con una superficie construida de 97,96 m¯. Se adjudica a don Manuel Carvajal Castilla. Su valor, 338.391 pesetas.

30. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 5-1.º izquierda, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a doña

Enriqueta Ferrer Lariño. Su valor, 361.926 pesetas.

31. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 5-1.º derecha, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a doña Josefa Fernández de la Corte. Su valor ,361.926 pesetas.

32. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 5-2.º izquierda, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a don José Luis Rodríguez Taborda. Su valor, 361.926 pesetas.

33. Vivienda en Cádiz Salvatierra, 5-2.º derecha, con una superficie construida de 104,77 m¯. Se adjudica a doña Juana Rodríguez Cambra. Su valor, 361.926 pesetas.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que señala que «las Entidades Locales podrán enajenar directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, entre otros, en el siguiente supuesto:

B) Viviendas ocupadas mediante cualquier título por quienes ostenten la posesión pacífica de las mismas y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el ocupante haya estado en posesión efectiva y

continuada de la vivienda que constituya su domicilio habitual dos años inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Ley cualquiera que sea su título de ocupación.

b) Que la Entidad Local no hubiere iniciado acciones de desahucio en vía administrativa o judicial antes de la entrada en vigor de esta Ley¯.

En el expediente tramitado se dan los supuestos establecidos en la citada Disposición Transitoria Primera.

El articulo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Excmo. Ayuntamiento de Huelva a que enajene las viviendas descritas anteriormente a sus ocupantes.

Segundo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Organo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de septiembre de 2001

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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