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De orden delegada por el Ilmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 16 de enero de 2001 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm./00, promovido por Grupo Cruzcampo, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que:
1. Desestimo íntegramente la demanda rectora de esta litis por ser ajustadas a Derecho las resoluciones impugnadas.
2. Impongo a la parte actora, Grupo Cruzcampo, S.A., el pago de todas las costas causadas en este procedimiento, por su temeridad procesal.
Sevilla, 13 de septiembre de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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