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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Atención al Niño, sito en Cádiz, Pza. Blas Infante, núm. 16, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 16 de julio de 2001 acordando asumir la guarda por esta Entidad Pública y delegarla en el Director del Centro de «Manuel del Falla¯ de Jerez.
Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, conforme a la Disposición Transitoria Décima de la Ley 11/81, de 13 de mayo, por los trámites de Jurisdicción Voluntaria de conformidad con la Disposición Adicional Primera de la L.O.
1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Cádiz, 12 de septiembre de 2001.- La Delegada, Prudencia Rebollo Arroyo.
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