Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 06/10/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE IZNAJAR

ANUNCIO de modificación de bases.

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Mediante Decreto de esta Alcaldía de 17 de septiembre de

2001, se ha procedido a la modificación de las bases que rigen la convocatoria de una plaza de Policía Local por oposición libre, que fueron objeto de publicación íntegra en el BOP núm.

164, de 24 de agosto de 2001, y en el BOJA núm. 104, de 8 de septiembre de 2001.

De conformidad con el mismo la nueva redacción de las bases afectadas es la que sigue:

- Base cuarta, apartado tercero:

3. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el art. 42.1 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.

En la instancia deberá indicarse el nombre, apellidos, DNI, domicilio y teléfono de contacto del aspirante y constará su firma, la cual significará el conocimiento íntegro de las presentes bases y su voluntad de participar en el procedimiento selectivo. A la instancia deberá adjuntarse:

- Fotocopias compulsadas del DNI, y los permisos de conducir A y B tal y como se señala en la base tercera.

- Base octava, se modifican los párrafos tercero y cuarto y se añade un quinto párrafo:

- Primera prueba. Aptitud física. Los aspirantes realizarán los ejercicios físicos que se describen en la Orden de 14 de noviembre de 2000, de la Consejería de Gobernación, salvo la prueba de natación, y en el orden que se establecen, siendo cada uno de ellos de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán presentarse provistos de atuendo deportivo y deberán entregar al Tribunal Calificador, antes de realizarse el reconocimiento facultativo, un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas deportivas.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el emplazamiento, circunstancia que la aspirante deberá comunicar inmediatamente al Tribunal. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros seis meses.

Iznájar, 18 de septiembre de 2001.- El Alcalde.

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