Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 18/10/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 219/2001, de 25 de septiembre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Baños de la Encina (Jaén), de una parcela sita en la Dehesa del Santo Cristo de la citada localidad, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Baños de la Encina (Jaén) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de la Dehesa del Santo Cristo, colindante al Colegio Público «Nuestro Padre Jesús del Llano¯ de dicho municipio, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 25 de septiembre de 2001,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Baños de la Encina (Jaén) de una parcela de terreno, con 835,40 m¯ de superficie, que será segregada de la siguiente finca:

Dehesa en término de Baños de la Encina, llamada del Santo Cristo, con superficie de 467 hectáreas, 29 áreas y 47,94 centiáreas. Linda: Norte, embalse del Rumblar y Dehesa de la Atalaya; Este, la misma dehesa y vereda; Sur, casco de la villa y arroyo de Val de los Huertos; y, Oeste, embalse del Rumblar.

Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad de La Carolina, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Baños de la Encina, al folio 167 del tomo 584, libro 58, finca núm. 3.105.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 25 de septiembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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