Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 27/10/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 25 de septiembre de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Bedmar y Garcíez, de la provincia de Jaén, de los bienes y derechos afectados por la realización del proyecto de Urbanización del Polígono Industrial 3.ª fase.

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El Ayuntamiento de Bedmar y Garcíez, de la provincia de Jaén, mediante acuerdo adoptado por el Pleno, en la sesión celebrada el día 8 de junio de 2001, aprobó definitivamente la delimitación de Areas de Reserva de Terrenos susceptibles de ser expropiados para la realización del proyecto de «Urbanización del Polígono Industrial, 3.ª fase¯, al tiempo que se solicitó la declaración de urgente ocupación de los mismos mediante acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en la sesión celebrada el día 24 de agosto de 2001, una vez entendida implícita la declaración de utilidad pública de los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 278 del Real Decreto-Ley 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, al estar delimitados los terrenos objeto de ocupación como reserva.

La declaración de urgente ocupación que se solicita se basa en razones excepcionales consistentes en la existencia de diversas actividades en el núcleo urbano generadoras de continuas quejas vecinales, fundamentalmente por las molestias que sufren por ruidos y humos propios de las actividades que las generan, siendo preciso resolver estos problemas con la mayor celeridad posible, sobre todo teniendo en cuenta que algunos industriales causantes de esas quejas vecinales vienen demandando de ese Ayuntamiento la adjudicación de solares del polígono industrial donde trasladar sus industrias o talleres, demanda que no puede ser satisfecha al haberse agotado todo el suelo industrial de la localidad.

Las características de ese municipio, los antecedentes objetivos logrados con el Polígono Industrial, la demanda de suelo industrial para ampliación e instalación de nuevas industrias generadoras de empleo directo inminente y la definitiva solución de las quejas vecinales por las molestias que producen algunas de esas actividades aún ubicadas en el núcleo urbano, son razones objetivas que aconsejan la urgente ocupación de los terrenos para la inminente ejecución del Proyecto de «Urbanización del Polígono Industrial, 3.ª fase en Bédmar¯.

Identificados plenamente los bienes objeto de la ocupación y practicada la información pública en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 152, de 4 de junio de 2001, así como en el Diario de Jaén de 7 de julio de 2001, sin que durante el plazo establecido al efecto se presentasen reclamaciones o alegaciones.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte de la Corporación interesada, procede acceder a la solicitud formulada por la Corporación y declarar, en consecuencia, la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley.

La Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, permiten adoptar el presente Acuerdo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de septiembre de 2001,

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Bedmar y Garcíez, de los bienes y derechos afectados por la realización del Proyecto de «Urbanización del Polígono Industrial, 3.ª fase en Bedmar¯ y cuya descripción es la siguiente:

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 25 de septiembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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