Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 27/10/2001

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTR. Nº2 DE POSADAS

EDICTO dimanante del procedimiento ejecutivo núm. 149/99. (PD. 2510/2001).

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En los autos de Ejecutivo 149/99, seguidos en este Juzgado a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba contra Josefa Juárez Peñaranda, Antonio Páez Becerra y Rafaela Becerra Egea, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

S E N T E N C I A

En Posadas, a martes 4 de septiembre de 2001. El Sr. Juez de Primera Instancia e Instrucción número Dos del mismo, don Salvador Alba Mesa, ha visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo seguidos bajo el número 149/99, a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, representado por el/la Procurador/a don/doña Ruiz Martínez y bajo la dirección del/la Abogado/a don/doña Puebla Arjona, contra Josefa Juárez Peñaranda, Antonio Páez Becerra, Rafaela Becerra Egea, quien ha sido declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

F A L L O

Que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados al ejecutado Josefa Juárez Peñaranda, Antonio Páez Becerra, Rafaela Becerra Egea, solidariamente, y con su producto, entero y cumplido pago a la parte ejecutante Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba de la cantidad de cuatro millones ochocientas cincuenta y tres mil seiscientas setenta y tres pesetas (4.853.673 ptas.) de principal, más los intereses pactados y las costas causadas y que se causen, a cuyo pago expresamente condeno a dicho ejecutado.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación a las partes, practicándose la de los demandados en rebeldía, en la forma prevista en los artículos 282 y 283 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, caso de no solicitarse por la parte ejecutante, en el plazo de diez días la notificación personal de la misma.

Así por mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde Antonio Páez Becerra, cuyo último domicilio conocido C/ San Francisco, bloque 7, piso 102, de Palma del Río, libro el presente Edicto que firmo en Posadas, a 4 de septiembre de

2001.- El Secretario, Sr. Calzado Juliá.

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