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ANEXO 1
BAREMO APLICABLE
a) Grado personal consolidado: El grado personal consolidado y reconocido, se valorará hasta un máximo de 4,5 puntos, en la forma siguiente:
VALORACION DEL GRADO Y NIVEL
b) Trabajo desarrollado: El trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado con carácter definitivo en la fecha de la convocatoria, o en caso de no tener el funcionario destino definitivo, el último desempeñado con tal carácter, se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
c) Antigüedad: La antigüedad se computará por años completos de servicio o fracción superior a seis meses, valorándose hasta un máximo de 4,5 puntos, a razón de 0,225 puntos por años o fracción superior a 6 meses.
d) Titulación superior a la exigida para el acceso al grupo:
0,50 puntos.
e) Cursos de formación organizados o impartidos por el IAAP:
0,5 puntos (0,25 por curso).
Sevilla, 23 de octubre de 2001
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