Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 30/10/2001

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre Resolución de 13 de junio de 2001, por la que se publican actos administrativos relativos a procedimientos de resolución denegatoria subvención de ayuda de desplazamiento de Formación Profesional Ocupacional.

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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos al alumno que a continuación se relaciona y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. De igual forma se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Zalamea La Real según documentación acreditativa que obra en el expediente. Así mismo y a tenor de lo dispuesto en el art. 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.

RESOLUCION DE SUBVENCION DE AYUDA DE

DESPLAZAMIENTO

EXPTE. F.P.O. NUM. HU-389/98

De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación Profesional Ocupacional eleva a V.I. la siguiente Propuesta de Resolución:

Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de don Raúl Remesal Delgado para la obtención de las ayudas contempladas al amparo de la Orden de 17 de marzo de 1998, de convocatoria y desarrollo de los programas de Formación Profesional Ocupacional establecidos en el Decreto 204/1997, de

3 de septiembre.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Con cargo al ejercicio de 1998, y al amparo del Decreto

204/1997, de 3 de septiembre, por el que se establecen los programas de Formación Profesional Ocupacional, la Consejería de Trabajo e Industria dictó Resolución para la concesión de subvención en fecha 16.12.98 a favor de la Entidad Ayuntamiento de Nerva, con número de expediente 21-148/98J., para la impartición de 1 curso, previa solicitud y dentro de la convocatoria efectuada por la Orden de 17 de marzo de 1998.

2.º Don Raúl Remesal Delgado, tras un proceso de selección de candidatos a los cursos, participó como alumno en el curso Soldadura, núm. 21-1, impartido por la citada Entidad en la localidad de Nerva, dirigido a 15 alumnos desempleados.

3.º Dicho alumno presentó, en esta Delegación Provincial, solicitud para la obtención de la ayuda de desplazamiento por la asistencia al citado curso a que hace referencia el artículo

10 de la Orden mencionada, así como la documentación acreditativa por el cual reúne los requisitos necesarios para la obtención de esta ayuda.

4.º Comprobados y estudiados los documentos mencionados en el punto anterior, y existiendo la posibilidad presupuestaria para dicho concepto, se aprecia su concesión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Será competente para conocer y resolver sobre la solicitud de la ayuda a los alumnos el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en virtud de lo establecido en el art. 10.1 de la Orden de 17 de marzo de 1998. Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías; el art. 6 establece que corresponden a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico las competencias que en la actualidad tiene atribuidas la Consejería de Trabajo e Industria, haciéndose extensiva dicha reestructuración a las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, de acuerdo con el Decreto 130/2000, de 9 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales.

Segundo. A tenor de lo dispuesto en el citado artículo 10.2 de la Orden de 17 de marzo, podrán tener derecho a una ayuda de desplazamiento aquellos alumnos que hayan de desplazarse de un municipio a otro para asistir a un curso. Según lo establecido en el art. 10.5 de la citada Orden, deberá presentar el certificado de empadronamiento o residencia expedido por el Ayuntamiento de la localidad de su domicilio. En caso de existir contradicción entre este dato y el que figura como domicilio en la tarjeta de demandante de empleo, se estará a este último.

Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos legales citados y demás de general aplicación, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico

R E S U E L V E

Primero. Denegar la solicitud formulada por don Raúl Remedal Delgado de ayuda en concepto de desplazamiento, por la

asistencia como alumno del curso Soldadura, núm. 21-1,

impartido por la Entidad Ayuntamiento de Nerva, núm. de expediente 21-148/98J, por residir en el mismo término

municipal de impartición del curso, como queda recogida en la tarjeta de demanda de empleo y no reunir, por tanto, el requisito establecido en el art. 10.5 de la Orden mencionada. Notifíquese esta Resolución a los interesados en la forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con la advertencia expresa de que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de

notificación de esta Resolución, de conformidad con lo

establecido en los arts. 107, 114 y siguientes de la Ley antes citada. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto, la misma será firme a todos los efectos.

Huelva, 25 de septiembre de 2001.- El Delegado, Manuel Alfonso Jiménez.

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