Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 06/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 4 de octubre de 2001, por la que se modifican las enseñanzas autorizadas al Centro privado Manuel Lora Tamayo de Jerez de la Frontera (Cádiz).

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Examinado el expediente instruido a instancia de don Carlos Correas Montero, como representante de la Congregación de Religiosos Salesianos, titular del centro privado de Educación Secundaria «Manuel Lora Tamayo¯, sito en Jerez de la Frontera (Cádiz), Avenida San Juan Bosco, núm. 6, solicitando autorización para:

a) Cambiar una línea de Bachillerato en la Modalidad de Tecnología por una línea de Bachillerato en la Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, según lo establecido en el Título IV, art. 19.f), del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir enseñanzas de régimen general.

b) Renunciar a un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Medio en Mecanizado y un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Medio en Equipo e Instalaciones Electrotécnicas, según lo establecido en el Título IV, art. 19.e), del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir enseñanzas de régimen general.

c) Ampliar un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Superior en Producción de Mecanizado,

un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Superior en Instalaciones Electrotécnicas y un ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Superior en Secretariado, según lo establecido en el Título IV, art. 19.e), del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir enseñanzas de régimen general.

Resultando que el Centro privado «Manuel Lora Tamayo¯ de Jerez de la Frontera (Cádiz), por Orden de 29 de noviembre de 1996 (BOJA de 26 de diciembre), tiene autorización para un Centro de Educación Primaria con 6 unidades y otro Centro de Educación Secundaria con 8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria y 4 unidades de Bachillerato (2 unidades en la Modalidad de Ciencias Naturales y de la Salud y 6 unidades en la Modalidad de Tecnología), y por Orden de 14 de mayo de 1998 (BOJA de 16 de junio), tiene autorización para impartir las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio: 2 Ciclos de Técnico en Mecanizado;

2 Ciclos de Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas; 1 Ciclo de Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo y 1 Ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículo y

1 Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Superior en Técnico Superior en Sistemas de Regulación y Control. Funcionan en régimen de concierto educativo en el Centro de Educación Secundaria para el curso 2001/02, 4 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, 4 unidades de Bachillerato, 12 unidades de ciclos formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio y 1 unidad de Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Superior.

Vistas: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto

173/1998, de 16 de febrero (BOE de 17 de febrero); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el mencionado expediente de autorización han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de

Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz, como se contempla en el art. 9, punto 4, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/92, de 9 de junio, la modificación de las enseñanzas de Bachillerato y Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Superior al Centro docente privado «Manuel Lora Tamayo¯ de Jerez de la Frontera (Cádiz), quedando con la configuración que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Manuel Lora Tamayo¯.

Titular: Congregación de Religiosos Salesianos.

Domicilio: Avenida San Juan Bosco, núm. 6.

Localidad: Jerez de la Frontera.

Municipio: Jerez de la Frontera.

Provincia: Cádiz.

Código: 11003242.

Enseñanzas a impartir:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Tecnológico.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Técnico en Mecanizado.Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

- Técnico en Equipo e Instalaciones Electrotécnicas.

Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

- Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo.

Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

- Técnico en Electromecánica de Vehículos.

Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

d) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Técnico Superior en Sistema de Regulación y Control.

Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

- Técnico Superior en Producción por Mecanizado.

Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

- Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas.

Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos Escolares: 60.

- Técnico Superior en Secretariado.

Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos Escolares: 30.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, (BOJA de 20 de junio), sin que esta autorización presuponga otorgamiento de Concierto Educativo, que deberá solicitarse en expediente aparte, según lo establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE de 27 de diciembre).

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 4 de octubre de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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