Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 10/11/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Dirección General de Transportes, sobre notificación de resoluciones de recurso de alzada y de los recursos extraordinarios de revisión recaídos en expedientes sancionadores en materia de transportes.

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Resueltos los recursos de alzada y los recursos extraordinarios de revisión, interpuestos contra las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores incoados a las personas y entidades que se indican por infracción a los artículos que se detallan de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de

1987), y dado que, intentada la notificación en su domicilio, ésta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública en Anexo adjunto, la notificación de las resoluciones de los recursos de alzada y de los recursos extraordinarios de revisión, cuyos correspondientes expedientes obran en el Servicio de Inspección y Sanciones de la Dirección General de Transportes (Maese Rodrigo, 1, Sevilla).

Contra las citadas Resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

Las sanciones impuestas en las resoluciones de los recursos de alzada podrán hacerse efectivas voluntariamente en el plazo de

15 días, a partir del siguiente al de la presente publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sirviendo la presente de previo apercibimiento a los efectos de lo previsto en el artículo 95 de dicha norma.

Sevilla, 1 de octubre de 2001.- El Director General, Rafael Candau Rámila.

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