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Don Jesús María Passolas Morales, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Cinco de Jaén.
Hago saber: Que en los autos que se dirán se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dice así:
SENTENCIA NUM. 251/01
En la ciudad de Jaén a tres de septiembre de dos mil uno.
El Ilmo. Sr. don Jesús María Passolas Morales, Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Cinco de los de Jaén, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en este Juzgado al núm.
355/00, a instancia de don José Martínez Ruiz, representado por la Procuradora doña Mercedes Mesa Olmo y bajo la dirección jurídica del Letrado doña Alejandra Heredia Barragán, contra la entidad Unión Artística y del Sur, S.L., declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad
F A L L O
Que desestimando en su totalidad la demanda formulada por la Sra. Procuradora de los Tribunales doña Mercedes Mesa Olmo, en nombre y representación de don José Martínez Ruiz, bajo la dirección jurídica de la Letrada doña Alejandra Heredia Barragán contra la empresa Unión Artística y del Sur, S.L., debo absolver y absuelvo a dicha demandada de la pretensión actora.
Con imposición de costas a la parte actora.
Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber los recursos conforme determina el artículo 248-4 de la LOPJ.
Así por ésta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde dicho, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación a interponer en este Juzgado en el plazo de cinco días; expido el presente que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dado en Jaén, a diez de septiembre de dos mil uno.El Secretario.
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