Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 07/12/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 25 de octubre de 2001, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se hace pública otra sobre encomiendas de gestión a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía de Programas de Rehabilitación y mejora de áreas urbanas de esta Consejería.

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En cumplimiento de lo establecido en el apartado tres del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo relativo al requisito de publicidad de los instrumentos en los que se formalicen las encomiendas de gestión, por la presente se procede a dicho trámite respecto de la siguiente:

- Resolución de 23 de octubre de 2001 por la que se encomienda a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía la gestión de actuaciones previas al desarrollo de programas de vivienda y suelo en el Area de Rehabilitación «Barriadas 624-800 viviendas¯, de Sevilla.

La Encomienda de Gestión comprenderá las siguientes acciones:

a) Análisis de la situación: Realización de los trabajos previos a la intervención material en el área, consistentes en la toma de datos, estudio y evaluación de los factores y características concurrentes en la configuración social y urbana del área objeto de la actuación, particularmente:

- La determinación de la ocupación real de las viviendas, con elaboración de un censo y control de las adjudicaciones efectuadas en su día y de las viviendas vacías, habitables o no.

- La gestión de la demanda social de vivienda, incluyendo recepción de peticiones, derivación y seguimiento de las ocupaciones.

- La recuperación de viviendas deshabitadas o indebidamente ocupadas, la tramitación de los expedientes de desahucio, en su caso, y desalojo de los ocupantes ilegales.

- Realización de estudios técnicos y económicos sobre propuestas de intervención, control de desarrollo de las obras y apoyo técnico, en su caso.

- Valoraciones de las operaciones de realojo y de las de urgencia en las viviendas.

- La elaboración de los estudios técnicos y sociales para el buen desarrollo de la actuación y, en especial, aquéllos dirigidos al análisis y valoración de la singular problemática social de los vecinos de las barriadas, así como la evaluación de los diferentes problemas constructivos que presenten las edificaciones.

- La gestión y ejecución de las operaciones de realojo y acogimiento transitorio, en su caso.

b) La elaboración del Programa de Actuación, documento que contendrá la propuesta de las distintas intervenciones a ejecutar en las barriadas 624 y 800 viviendas con el objetivo de su revitalización física, funcional y social.

c) Respecto de la Oficina de Gestión de las barriadas «624 y

800 viviendas¯:

- Su constitución, designando su responsable, estableciendo su composición, funciones y régimen de trabajo dentro del marco general señalado en el presente documento.

- La contratación, en su caso, de la empresa que proporcione el personal necesario para el adecuado desarrollo de las tareas encomendadas.

- Competencias básicas de la Oficina: El desarrollo de las tareas encomendadas, la coordinación de la cooperación entre las distintas instituciones participantes así como de las actuaciones contempladas en este documento y, posteriormente, de las intervenciones que se deriven de la presente o ulteriores encomiendas a desarrollar en un futuro.

d) La elaboración de los respectivos proyectos técnicos para la rehabilitación integral de los edificios 1 y 2 del Conjunto 2 del Núcleo 800 Viviendas.

e) La formalización de los convenios que resulten precisos, tanto con otras Administraciones e instituciones implicadas como con los colectivos de vecinos afectados.

El presupuesto máximo por todos los conceptos se estima en la suma total de treinta millones quinientas mil pesetas

(30.500.000 ptas.), ciento ochenta y tres mil trescientos ocho euros con sesenta y nueve céntimos (183.308,69 euros), IVA incluido. El abono se realizará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria 01.15.00.03.00 .74013 33A7 2000

001197, en libramiento único por el total una vez publicada la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de octubre de 2001.- El Director General, Juan Morillo Torres.

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