Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 20/12/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 27 de noviembre de 2001, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos para el año 2002.

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El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, en el que se comprenderán los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local.

La disposición final primera del Decreto 456/1994, de 22 de noviembre, por el que se determinaba el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos para

1995, disponía que para los años sucesivos, una vez resuelto por el Consejo de Gobierno el calendario laboral en el ámbito general de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Consejería de Gobernación aprobaría mediante Orden el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos, siendo dicha competencia actualmente atribuida a la Consejería de Justicia y Administración Pública en virtud del Decreto

139/2000, de 16 de mayo.

Aprobado mediante Decreto 160/2001, de 26 de junio, el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, procede determinar para dicho año el de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final primera del Decreto 456/1994, de 22 de noviembre, y las competencias atribuidas a esta Consejería de Justicia y Administración Pública, por el Decreto 139/2000, de

16 de mayo.

D I S P O N G O

Artículo 1. Días inhábiles a efectos administrativos. Serán días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con el Anexo del Decreto 160/2001, de 26 de junio, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma para el año 2002.

1 de enero: Año Nuevo.

7 de enero: Por la Epifanía del Señor.

28 de febrero: Día de Andalucía.

28 de marzo: Jueves Santo.

29 de marzo: Viernes Santo.

1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

15 de agosto: Asunción de la Virgen.

12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre: Todos los Santos.

6 de diciembre: Día de la Constitución Española.

9 de diciembre: Por la Inmaculada Concepción.

25 de diciembre: Natividad del Señor.

Artículo 2. Días inhábiles en cada Municipio. Sin perjuicio de lo anterior, esta Consejería de Justicia y Administración Pública aprobará hasta dos días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de cada Municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez que la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico disponga los que sean a efectos laborales, en los términos establecidos en la Orden de la en aquel momento Consejería de Trabajo, de 11 de octubre de 1993, sobre procedimiento para la determinación de fiestas locales.

Artículo 3. Comunicación del lugar de residencia.

De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto

456/1994, de 22 de noviembre, y para la efectividad de lo establecido por el artículo 48.5. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán expresar en los escritos iniciales de los procedimientos el lugar de su residencia, así como comunicar las sucesivas variaciones que hubiere.

En su defecto se entenderá como su residencia el lugar señalado para la notificación.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 2001

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

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