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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, dada la imposibilidad de prácticar notificación a la entidad interesada, que a continuación se relaciona en el último domicilio conocido, se le hace saber a través de este anuncio, que se ha dictado la siguiente resolución en expediente administrativo de reintegro: Entidad: Dorlam Real, S.L.L.
Núm. expte.: SC.021.JA/98.
Dirección: Islas Canarias, 29. 23100, Mancha Real (Jaén).
Asunto: Notificando Resolución de expediente.
Importe a reintegrar (principal e intereses de demora):
2.756.431 ptas. (2.600.000 ptas. + 156.431 ptas.).
Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:
a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente al inmediato hábil posterior.
b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
El mismo deberá hacerse efectivo, en la siguiente cuenta bancaria.
Titular: Tesorería General de la Junta de Andalucía.
Código de Banco: 0049, Banco Santander Central Hispano.
Código de Sucursal: 5907, Oficina Puerta Jerez (Sevilla).
Dígito de Control: 46.
Núm. C/C: 2110335890.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.
Asimismo, se le advierte expresamente al interesado que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:
a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Director General de Economía Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación. Y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes, de la citada Ley 30/92.
b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su
notificación, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 46, de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-
Administrativa.
Informándole que para el cómputo de los plazos
mencionados la notificación se considera realizada a
partir del día siguiente al de la publicación del
presente anuncio.
Sevilla, 15 de noviembre de 2001.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.
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