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Habiéndose convocado por Orden de 3 de septiembre de
2001 (BOJA núm. 110, de 22.09.01) las ayudas económicas para financiar actividades de las Organizaciones Estudiantiles Andaluzas, en los niveles no Universitarios, durante el curso 2001/2002, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo octavo de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud de los artículos octavo, undécimo.1 y 2 y decimocuarto,
R E S U E L V E
Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Jaén relacionadas en la relación de la presente Resolución con sus correspondientes cuantías y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.18.00.18.23.48900.12J.6.Segundo. Las Entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de las ayudas recibidas, en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de cobro de las mismas, mediante la presentación de la siguiente documentación:
a) Certificado de los Gestores de la Entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades para las que se concedió y que éste ha quedado asentado en su contabilidad.
b) Carpeta-índice que incluya fotocopias compulsadas de las facturas y de cualquier otro justificante de gasto legalmente admitido que sea imputable a la ayuda concedida. La documentación acreditativa de los gastos efectuados deberá contener todos los requisitos formales exigibles a la misma.
En particular cada factura deberá contener, al menos, el NIF del librador, nombre y NIF del librado y firmas y sellos que acrediten el pago efectivo del importe indicado en la misma. Asimismo, cada uno de estos documentos deberá estar visado por el Presidente de la entidad beneficiaria de la subvención.
c) Memoria Evaluadora del Plan de Actividades.
Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Jaén, 8 de noviembre de 2001.- El Delegado, Miguel Jurado Hurtado.
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