Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 31/12/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 26 de diciembre de 2001, por la que se aprueban los modelos de declaración-liquidación 041, 042 y 046 en euros, los modelos de constitución de garantías y depósitos y los modelos de depósitos de fianzas de arrendamientos y de suministros.

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De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 46/1998, de

17 de diciembre, sobre introducción al euro, el 31 de diciembre de 2001 finaliza el período transitorio en el que pueden utilizarse el euro y la peseta como unidades de cuenta y medios de pago, debiendo utilizarse exclusivamente el euro como unidad de cuenta a partir del día 1 de enero de 2002.

En consecuencia, los modelos de impresos de determinados ingresos actualmente vigentes, aprobados mediante Ordenes de la Consejería de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1997 y 11 de enero de

2000, diseñados exclusivamente para su utilización con la unidad de cuenta peseta, deben ser modificados para contemplar el euro como unidad de cuenta, lo que se efectúa mediante la presente Orden en virtud de las atribuciones conferidas al efecto a la Consejería de Economía y Hacienda.

De un lado, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos, aprobado por el Decreto 46/1986, de 5 de marzo, se dictó la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1997, por la que se estableció la numeración de las tasas, precios públicos, multas y sanciones e ingresos

patrimoniales, y se aprobó el modelo 046 para estos ingresos.

De otro, la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, creó el impuesto sobre el juego del bingo y el recargo sobre la tasa fiscal sobre los juegos de envite, suerte o azar, facultando a la Consejería de Economía y Hacienda para aprobar los modelos de declaración y determinar el lugar y el documento de pago de ambas figuras tributarias, dictándose a tal fin la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 11 de enero de 2000 que estableció los modelos de declaración 041 (recargo de la tasa fiscal sobre los juegos) y 042 (impuesto sobre el juego del bingo).

Mediante la presente Orden se aprueban los nuevos modelos de «Declaración-Liquidación en euros¯, conforme se menciona en su título, que contemplan como distintivo el anagrama de la unidad de cuenta euro ( ) en el margen derecho de los mismos. Estos nuevos modelos, a diferencia también de los anteriores, recogen los pertinentes espacios diferenciados para consignar los decimales en los importes monetarios, así como algunas modificaciones en su estructura fruto de la experiencia de la gestión.

Por lo que se refiere a las declaraciones- liquidaciones complementarias o sustitutivas de otras ya presentadas en pesetas, que deben realizarse mediante los anteriores modelos aprobados por las Ordenes antes citadas e ingresarse en euros a partir del día 1 de enero de 2002, precisarán del correspondiente instrumento de conversión para realizar el ingreso en euros que será emitido por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda.

Finalmente, la presente Orden aprueba también los respectivos modelos de resguardo de la constitución

de depósitos, así como de garantías en efectivo,

mediante valores, aval y seguro de caución, en las

Cajas de Depósitos de la Comunidad Autónoma de

Andalucía, reguladas en el artículo 10 del Reglamento

General de Tesorería y Ordenación de Pagos, aprobado

por Decreto 46/1986, de 5 de marzo, que a partir del

día 1 de enero de 2002 deberán estar denominados en

euros. Asimismo, se aprueban los modelos

correspondientes a los depósitos de las fianzas de

arrendamientos y suministros, en virtud de las

competencias conferidas a la Consejería de Economía y

Hacienda por la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por

la que se aprueban medidas en materia tributaria,

presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía

y otras entidades, de recaudación, de contratación,

de función pública y de fianzas de arrendamientos y

suministros.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me han

sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1. Modelo 041 de declaración-liquidación

en euros del recargo de la tasa fiscal sobre los

juegos de suerte, envite o azar.

Se aprueba el modelo de declaración-liquidación en

euros del recargo de la tasa fiscal sobre los juegos

de suerte, envite o azar (modelo 041) que figura como

Anexo I a la presente Orden, y cuya utilización será

obligatoria para los sujetos pasivos del recargo a

partir del día 1 de enero de 2002.

El impreso constará de cuatro ejemplares: Talón de

cargo, ejemplar para la Administración, carta de pago

y ejemplar para el sobre anual.

Artículo 2. Modelo 042 de declaración-liquidación

en euros del impuesto sobre el juego del bingo.

Se aprueba el modelo de declaración-liquidación en

euros del impuesto sobre el juego del bingo (modelo

042) que figura como Anexo II a la presente Orden, y

cuya utilización será obligatoria para los sujetos

pasivos del impuesto a partir del día 1 de enero de

2002.

El impreso constará de cuatro ejemplares: Talón de

cargo, ejemplar para la Administración, carta de pago

y ejemplar para el sobre anual.

Artículo 3. Forma y lugar de ingreso de los modelos

041 y 042 en euros.

La forma de presentación de los modelos 041 y 042 en

euros y el lugar de realización del ingreso se

regularán por lo establecido en la Orden de 11 de

enero de 2000, por la que se aprueban los modelos de

declaración-liquidación y se determina el lugar de

ingreso del impuesto sobre el juego del bingo y del

recargo de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte,

envite o azar.

Artículo 4. Modelo 046 de ingreso en euros de

tasas, precios públicos, multas y sanciones e

ingresos patrimoniales.

Se aprueba el modelo de ingreso en euros de tasas,

precios públicos, multas y sanciones e ingresos

patrimoniales (modelo 046) que figura como Anexo III

de la presente Orden, y cuya utilización será

obligatoria a partir del día 1 de enero de 2002.

El impreso constará de cuatro ejemplares: Talón de

cargo, ejemplar para la Consejería de Economía y

Hacienda, ejemplar para la Administración y carta de

pago.

La forma de presentación del presente modelo y el

lugar de realización del ingreso se regulará por lo

establecido en la Orden de 18 de noviembre de 1997,

por la que se establece la numeración de las tasas,

precios públicos, multas y sanciones e ingresos

patrimoniales, y se aprueba el modelo de impreso para

dichos ingresos.

Artículo 5. Modelo 801, de resguardo de la

constitución de garantías en efectivo en las Cajas de

Depósitos.

Se aprueba el modelo de impreso para la constitución

de garantías en efectivo en las Cajas de Depósitos de

la Comunidad Autónoma de Andalucía (Modelo 801), que

se inserta en el Anexo IV de la presente Orden. Su

utilización será obligatoria desde el día 1 de enero

de 2002.

El modelo de impreso 801 constará de cuatro

ejemplares: Resguardo original, dos ejemplares para

la Administración y un ejemplar para la Caja.

Artículo 6. Modelo 802, de resguardo de la

constitución de garantías mediante valores en las

Cajas de Depósitos.

Se aprueba el modelo de impreso para la constitución

de garantías mediante valores en las Cajas de

Depósitos de la Comunidad Autónoma de Andalucía

(Modelo 802), que se inserta en el Anexo V de la

presente Orden. Su utilización será obligatoria desde

el día 1 de enero de 2002.

El modelo de impreso 802 constará de cuatro

ejemplares: Resguardo original, dos ejemplares para

la Administración y un ejemplar para la Caja.

Artículo 7. Modelo 803, de resguardo de la

constitución de garantías mediante aval en las Cajas

de Depósitos.

Se aprueba el modelo de impreso para la constitución

de garantías mediante aval en las Cajas de Depósitos

de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Modelo 803),

que se inserta en el Anexo VI de la presente Orden.

Su utilización será obligatoria desde el día 1 de

enero de 2002.

El modelo de impreso 803 constará de cuatro

ejemplares: Resguardo original, dos ejemplares para

la Administración y un ejemplar para la Caja.

Artículo 8. Modelo 804, de resguardo de la

constitución de garantías mediante seguro de caución

en las Cajas de Depósitos.

Se aprueba el modelo de impreso para la constitución

de garantías mediante seguro de caución en las Cajas

de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

radicadas en las Delegaciones Provinciales de la

Consejería de Economía y Hacienda (Modelo 804), que

se inserta en el Anexo VII de la presente Orden. Su

utilización será obligatoria desde el día 1 de enero

de 2002.

El modelo de impreso 804 consta de cuatro ejemplares:

Resguardo original, dos ejemplares para la

Administración y un ejemplar para la Caja.

Artículo 9. Anexo de los modelos 801, 802, 803, y

804.

Se aprueba el modelo de impreso que ha de utilizarse,

en su caso, como anexo para la constitución de

garantías, sean en efectivo, valores, aval o seguro

de caución, en las Cajas de Depósitos de la Comunidad

Autónoma de Andalucía, que se inserta en el Anexo

VIII de la presente Orden. Su utilización será

obligatoria desde el día 1 de enero de 2002.

El modelo de impreso de anexo para los modelos 801,

802, 803 y 804 constará de cuatro ejemplares:

Resguardo original, dos ejemplares para la

Administración y un ejemplar para la Caja.

Artículo 10. Modelo 805, de resguardo de la

constitución de depósitos en las Cajas de Depósitos.

Se aprueba el modelo de impreso para la constitución

de depósitos en las Cajas de Depósitos de la

Comunidad Autónoma de Andalucía (Modelo 805), que se

inserta en el Anexo IX de la presente Orden. Su

utilización será obligatoria desde el día 1 de enero

de 2002.

El modelo de impreso 805 constará de cuatro

ejemplares: Resguardo original, dos ejemplares para

la Administración y un ejemplar para la Caja.

Artículo 11. Anexo del modelo 805.

Se aprueba el modelo de impreso que ha de utilizarse,

en su caso, como anexo para la constitución de

depósitos en las Cajas de Depósitos de la Comunidad

Autónoma de Andalucía, que se inserta en el Anexo X

de la presente Orden. Su utilización será obligatoria

desde el día 1 de enero de 2002.

El modelo de impreso de anexo para el modelo 805

constará de cuatro ejemplares: Resguardo original,

dos ejemplares para la Administración y un ejemplar

para la Caja.

Artículo 12. Modelo 806, de autoliquidación para la

constitución, por el régimen general, del depósito de

las fianzas de arrendamientos urbanos.

Se aprueba el modelo de impreso para la constitución

de los depósitos derivados de la obligación de

exigencia y prestación de fianza en los contratos de

arrendamientos de vivienda y para uso distinto de

vivienda regulados en la Ley 29/1994, de

Arrendamientos Urbanos, (Modelo 806), que se inserta

en el Anexo XI de la presente Orden. Su utilización

será obligatoria desde el día 1 de enero de 2002.

El modelo de impreso 806 constará de cuatro

ejemplares: Ejemplar para el interesado, dos

ejemplares para la Administración y un ejemplar para

la Caja.

Artículo 13. Anexo del modelo 806.

Se aprueba el modelo de impreso que ha de utilizarse,

en su caso, como anexo para la constitución de los

depósitos derivados de la obligación de exigencia y

prestación de fianza en los contratos de

arrendamientos de vivienda y para uso distinto de

vivienda regulados en la Ley 29/1994, de

Arrendamientos Urbanos, que se inserta en el Anexo

XII de la presente Orden. Su utilización será

obligatoria desde el día 1 de enero de 2002.

El modelo de impreso de anexo para el modelo 805

consta de cuatro ejemplares: Resguardo original, dos

ejemplares para la Administración y un ejemplar para

la Caja.

Artículo 14. Modelo 807, de autoliquidación -

declaración anual para la constitución mediante el

régimen concertado, del depósito de las fianzas de

arrendamientos urbanos y de suministros.

Se aprueba el modelo de impreso para la

autoliquidación y declaración anual de los depósitos

derivados de la obligación de exigencia y prestación

de fianza en los contratos de arrendamientos de

vivienda y para uso distinto de vivienda regulados en

la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos y de los

suministros de agua, gas y electricidad, (Modelo

807), que se inserta en el Anexo XIII de la presente

Orden. Su utilización será obligatoria desde el día 1

de enero de 2002.

El modelo de impreso 807 constará de cuatro

ejemplares: Ejemplar para el interesado, dos

ejemplares para la Administración y un ejemplar para

la Caja.

Artículo 15. Modelo 808, de autoliquidación para la

constitución, por el régimen general, del depósito de

las fianzas derivadas de los suministros de agua, gas

y electricidad.

Se aprueba el modelo de impreso para la

autoliquidación de los depósitos derivados de la

obligación de exigencia y prestación de fianza en los

contratos de suministro de agua, gas y electricidad,

(Modelo 808), que se inserta en el Anexo XIV de la

presente Orden. Su utilización será obligatoria desde

el día 1 de enero de 2002.

El modelo de impreso 808 constará de cuatro

ejemplares: Ejemplar para el interesado, dos

ejemplares para la Administración y un ejemplar para

la Caja.

Disposición Adicional Unica. Habilitación para el

desarrollo y ejecución.

Se autoriza a las Direcciones Generales de Tributos e

Inspección Tributaria y de Tesorería y Política

Financiera, en el ámbito de sus respectivas

competencias, para cuantas actuaciones sean

necesarias en ejecución de lo dispuesto en la

presente Orden.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente

al de su publicación en el Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía. Sevilla, 26 de diciembre de 2001

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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