Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 20/3/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 2 de marzo de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la de 2 de marzo de 2001, de la Sección de Información y Registro, por la que se delegan competencias para la autenticación de copias.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad a la Resolución de 2 de marzo de la Sección de Información y Registro, dependiente de esta Secretaría General Técnica:

«El Decreto 240/1995, de 9 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece, en su artículo 23, que la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

El mismo artículo establece que los órganos con estas competencias podrán delegar en otros órganos o unidades, incluso no dependientes jerárquicamente.

El principio de eficacia, proclamado como uno de los principios generales que han de regir en las actuaciones administrativas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hace conveniente hacer uso de aquella facultad al objeto de conseguir un mejor servicio al ciudadano.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo

13 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

R E S U E L V O

Primero. Delegar en el Jefe del Servicio de Voluntariado Social la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, y que se presenten para ser tramitados en el ámbito de la Consejería de Asuntos Sociales.

Segundo. En las copias que sean autenticadas en virtud de esta delegación, se hará constar de forma expresa tal circunstancia.

Tercero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La Jefa de Sección de Información y Registro, Esperanza Arriola Ríos.¯

Sevilla, 2 de marzo de 2001.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.