La Junta
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La promulgación del Decreto 172/1998, de 1 de septiembre, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Grado Medio de Danza, ha posibilitado la implantación gradual de estas enseñanzas en los Conservatorios Profesionales y Centros Autorizados de Danza.
La experiencia de esta implantación ha puesto de manifiesto la dificultad que supone para el alumnado compaginar horarios y simultanear estas enseñanzas con las de régimen general, pues si bien la Disposición Adicional Segunda del propio Decreto
172/1998 faculta a la Consejería de Educación y Ciencia para establecer procedimientos para facilitar al alumnado la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas de danza y las de régimen general, tal posibilidad queda muy limitada con la distribución horaria tan pormenorizada del Anexo I del citado Decreto.
Por otra parte, la Disposición Final Primera del citado Decreto
172/1998 autoriza a esta Consejería para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del mismo.
Por ello, sin perjuicio de otras normas de adaptación curricular y de convalidaciones que se puedan establecer y con objeto de dar cumplimiento al artículo 41 de la LOGSE, parece oportuno limitar el contenido del Anexo I del referido Decreto a la cuantificación global del número de horas de cada asignatura de las distintas especialidades del Grado Medio de Danza, en la misma línea seguida por el Real Decreto 1254/1997, de 24 de julio, que establece los aspectos básicos del currículo.
En virtud de lo anterior y de las competencias que tengo conferidas,
DISPONGO
Artículo único. El horario semanal de las asignaturas del Grado Medio de Danza previsto en el Anexo I del Decreto
172/1998, de 1 de septiembre, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Grado Medio de Danza, podrá tomarse en cómputo anual en la forma que se indica en el Anexo de la presente Orden, a los efectos previstos en la Disposición Adicional Segunda del citado Decreto.
Disposición Final Primera. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de febrero de 2001
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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