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Vista la propuesta de implantación de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE JUVILES (GRANADA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico 200 ptas./abon./trimestre Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 15 m?/trimestre 20 ptas./m? Más de 15 hasta 30 m?/trimestre 35 ptas./m? Más de 30 hasta 45 m?/trimestre 55 ptas./m? Más de 45 m?/trimestre 170 ptas./m?
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Derechos de acometida
Parámetro A 1.280 ptas./mm
Parámetro B O ptas./l/seg.
Cuota de contratación
Calibre del contador en mm
13 3.300 ptas.
20 7.500 ptas.
25 10.500 ptas.
Fianzas
Calibre del contador en mm
13 2.600 ptas.
20 4.000 ptas.
25 5.000 ptas.
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 14 de febrero de 2001.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.