Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 27/03/2001

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 7 de septiembre de 2000, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede autorización administrativa de la instalación que se cita. (Expte. AT 5117/99). (PP. 732/2001).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de Desarrollos Eólicos, S.A., con domicilio en Avda. de la Buhaira, 2, 41018, Sevilla, solicitando autorización para el establecimiento de la instalación que se cita y la Declaración en Concreto de su Utilidad Pública, cumplidos los trámites reglamentarios de acuerdo con el Capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el Capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, ambos de 20 de octubre, y el Título IX de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

A N T E C E D E N T E S

En cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente, se sometió el expediente a información pública en BOE de fecha

1.12.99, BOJA de fecha 27.11.99, BOP de Cádiz de fecha 1.12.99 y Diario de Cádiz de fecha 17.11.99.

Así mismo, fueron notificados los Organismos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, de los que únicamente el Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera formuló objeciones mediante escrito de fecha 29.11.99, solicitando la anulación del expediente, en base a la inembargabilidad de las denominadas «Hazas de la Suerte¯ por su carácter de «bienes de dominio público¯, a las que afecta parcialmente el trazado de la línea eléctrica subterránea. Con fecha 20.12.99 se requiere al mismo Ayuntamiento informe sobre la Declaración en Concreto de Utilidad Pública, informando negativamente con fecha 18.1.00 por las siguientes razones: 1.ª Incompatibilidad con el uso del suelo establecido en las NN.SS. 2.ª Afección a bienes inalienables de dominio público (en concreto las Hazas de la Suerte). 3.ª Prohibición de instalación de Plantas Eólicas en el término municipal por acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal de fecha 4.6.98.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Provincial es competente para conceder la citada autorización, según lo dispuesto en los Reales Decretos

1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como los Decretos de Presidencia de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y 130/2000, de 9 de mayo, sobre Reestructuración de las Delegaciones Provinciales.

Las Hazas de la Suerte, como bienes de dominio público, son de uso o servicio público (art. 2.2 del R.D. 1372/86, de 13 de junio). Por eso el artículo 54.2 de la Ley 54/1997, de 24 de noviembre, del Sector Eléctrico, dispone que la Declaración de Utilidad Pública lleva implícita, en todo caso, la «autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas o de uso público propios o comunales de provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública¯.

La incompatibilidad urbanística con el uso del suelo que desvirtuada por la necesidad de unir concretamente la planta eólica (ubicada en el término municipal de Barbate) con la subestación que constituye el punto de conexión a la red, discurriendo necesariamente por terrenos rústicos.

Respecto de la prohibición municipal, se refiere, en sus propios términos, a Plantas Eólicas y no a líneas eléctricas subterráneas, como es el caso.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve autorizar a Desarrollos Eólicos, S.A., el establecimiento de la instalación cuyas principales características son las siguientes:

Línea eléctrica subterránea de alta tensión:

Origen: Planta Eólica TA-13.

Final: Subestación «Vejer¯.

Longitud: 4,584 km.

Tensión nominal: 20 kV.

Conductor: RHZ1 3 (1 ) mm Al.

Expediente: AT-5117/99.

Declarar en Concreto la Utilidad Pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Industria, Energía y Minas en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 7 de septiembre de 2000.- El Delegado, Agustín Barberá Salvador.