Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 29/3/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de marzo de 2001, por la que se convoca el VIII Premio Andalucía de Investigación de Humanidades y Ciencias Jurídico-Sociales Ibn al Jatib.

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La investigación científica y técnica es un recurso esencial para que las sociedades modernas puedan lograr mayor desarrollo económico y más bienestar social.

En nuestra época, es imprescindible que las Administraciones Públicas propicien las condiciones económicas y sociales que favorezcan el desarrollo científico y tecnológico y, entre otras actuaciones, es necesario que alienten a los agentes sociales que en mayor medida protagonizan la actividad científica e innovadora.

En concreto, resulta conveniente que la sociedad reconozca y valore el esfuerzo y la excelencia de aquellas personas o colectivos cuya trayectoria personal y profesional sea un ejemplo singular de dedicación a la actividad científica.

Por ello, y para dar público testimonio de admiración y reconocimiento a los investigadores, que se hayan destacado especialmente en las investigaciones de humanidades y ciencias jurídico-sociales, la Consejería de Educación y Ciencia

HA RESUELTO

Artículo primero. Convocar el VIII Premio Andalucía de Investigación sobre humanidades y ciencias jurídico-sociales «Ibn al Jatib¯.

Artículo segundo. Dotar al Premio Andalucía de Investigación de humanidades y ciencias jurídico-sociales «Ibn al Jatib¯ con

2.300.000 pesetas y una Placa acreditativa.

Artículo tercero. Al Premio Andalucía «Ibn al Jatib¯ podrán optar investigadores individuales y equipos de investigación con personalidad jurídica propia o integrados en las Universidades, Centros de Investigación u Organismos públicos y privados de ámbito andaluz, cuya labor científica se haya desarrollado a lo largo del tiempo en Andalucía.

3.1. Los candidatos al Premio han de ser presentados por las Universidades, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los Organismos Públicos de Investigación de ámbito andaluz, las Academias de Andalucía y las Consejerías de la Junta de Andalucía.

3.2. Asimismo, podrán presentar candidatos los premiados en convocatorias anteriores, siempre que lo hagan de forma conjunta con alguno de los Organismos o Instituciones citados.

Artículo cuarto.

4.1. La presentación de los candidatos deberá realizarse ante la Consejería de Educación y Ciencia.

4.2. En dicha presentación se especificará el nombre del candidato o grupo propuesto para el Premio, y a la misma se acompañará un informe detallado de las razones de la propuesta, los méritos que en su defensa se pudieran alegar y memoria de las actuaciones o actividades que el candidato o candidatos hayan podido realizar para ser merecedores del Premio.

4.3. El plazo de presentación de candidatos comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará a los 30 días naturales.

Artículo quinto. El Premio se concederá al candidato en el que, a juicio del Jurado, hubieran recaído más méritos en el desarrollo de la investigación de humanidades y ciencias jurídico-sociales.

Artículo sexto. 6.1. El Jurado será nombrado por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia.

6.2. El fallo del Jurado será inapelable, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 106 de la Constitución Española, en las normas jurídicas vigentes al efecto y demás elementos de enjuiciamiento determinados por la Jurisprudencia.

6.3. El Premio podrá declararse desierto.

Artículo séptimo. Se autoriza a la Secretaría General de Universidades e Investigación para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de la presente Orden.

Artículo octavo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de marzo de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia