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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a la recurrente doña Marisa Jiménez Barrera del requerimiento para que subsanase el defecto de falta de firma en su recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz de fecha 25 de mayo de 1999, recaída en el expediente sancionador núm. 76/99- M, requisito exigible a tenor de lo dispuesto en el artículo
110.1, en relación con el 70.d), ambos de la Ley 30/1992, se publica el presente requerimiento al ignorarse el lugar donde se le puede notificar personalmente.
Igualmente, se le comunica que en el supuesto de que no se cumplimentase lo requerido en el plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se le declarará, previa resolución, desistida de su petición, de acuerdo con lo previsto en el artículo 71.1 de la referida Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, y para el cumplimiento de este requerimiento, le comunicamos que el recurso se encuentra a su disposición en las dependencias de la Consejería de Gobernación, en el Servicio de Legislación, domicilio: Plaza Nueva, número 4, en Sevilla.
Sevilla, 16 de marzo de 2001.- El Secretario General Técnico, Sergio Moreno Monrové.