Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 11/01/2001

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución por la que se declara la extinción del Permiso de Funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego a la Empresa Titular de Salones ETS 204/90. Alfonso Ruiz Domínguez.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio del interesado, se publica por anuncio el texto común de la Resolución de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas.

«Examinado el expediente núm. 204/90 de Empresas Titulares de Salones, cuyo titular es Alfonso Ruiz Domínguez, empresa inscrita con el núm. T-JA-1309, se procede a considerar los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que se ha comprobado que en el Salón Recreativo, sito en calle Transversal de Granada, bajo, núm. 2 de Loja (Granada) cuyo titular es Alfonso Ruiz Rodríguez, empresa Titular de Salones de la Junta de Andalucía, se desarrolla una actividad distinta para la que fueron autorizados.

Segundo. Que por el Servicio de Autorizaciones le fue comunicado a la Empresa Alfonso Ruiz Rodríguez, el inicio del procedimiento de extinción del Permiso de Funcionamiento del precitado Salón Recreativo, concediéndole plazo reglamentario para formular las alegaciones que considerase pertinentes, notificación que fue realizada a través del escrito de fecha 24 de septiembre de 1999, y no habiéndose podido practicar la notificación personalmente en su domicilio a través del Servicio de Correos, se procedió, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a su publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su localidad y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Que hasta el día de la fecha no se ha formulado alegación alguna, habiéndose rebasado ampliamente el plazo concedido para ello.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Unico. Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su art. 25.1.e), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por la comprobación de inexactitudes esenciales en alguno de los datos expresados en la solicitud de autorización.

Vistos. Vista la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto declarar la extinción del permiso de funcionamiento del Salón Recreativo, sito en calle Transversal de Granada, bajo núm. 2 de Loja (Granada) - Código del Local RGR005424.¯

Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente Resolución, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999.

A N E X O

Salón Empresa Expte.

Salón Recreativo Alfonso Ruiz Rodríguez 204/90

C/. Transversal de Granada, bajo núm. 2 - Loja (Granada)

Sevilla, 20 de diciembre de 2000.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.