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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Consejería ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas a las Entidades Locales que se indican en el Anexo, en las cuantías y fechas y con las especificaciones que se relacionan, destinadas a la constitución y funcionamiento de las Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito local, conforme a lo dispuesto en la Orden de
7 de enero de 2000.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 12 de diciembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Sergio Moreno Monrové.
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