Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 07/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 21 de marzo de 2001, por la que se avocan determinadas competencias para convocar y resolver el próximo concurso de méritos para la provisión de puestos de personal funcionario.

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El artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda, ordinariamente o por delegación, a sus órganos administrativos dependientes y, tratándose de supuestos de delegación de competencias, el conocimiento del asunto sólo puede ser delegado por el órgano delegante. Circunstancias de índole técnica, dirigidas a dar plenitud al principio de eficacia, hacen aconsejable avocar determinadas competencias delegadas por la Orden de 14 de julio de 1999 al objeto de convocar y resolver de forma conjunta el próximo concurso de méritos para la provisión de los puestos de personal funcionario adscritos a los Centros Directivos establecidos por el artículo 2.1 del Decreto/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación y a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla.

Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

DISPONGO

Artículo único. Se avocan por y para este Consejero de Gobernación las competencias para convocar y resolver el próximo concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario adscritos a los Centros Directivos establecidos por el artículo 2.1 del Decreto

138/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación y a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla.

Disposición final única. Efectos.

La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de marzo de 2001

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación