Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio del interesado, se publica por anuncio el texto común de las Resoluciones de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, extinguiendo el permiso de funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego a la Empresa Titular de Salones que se relaciona en el Anexo:
Examinado el expediente número 758/88 de Empresas Titulares de Salones, cuyo titular es Automáticos Sansol, S.L., con número de inscripción TJA-727, se procede a considerar los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Que el permiso de funcionamiento del Salón de Juego, sito en Centro Comercial Pryca-Alameda, km 2, de Málaga, concedido el día 16 de mayo de 1989, tenía validez hasta el día
16 de mayo de 1999, sin que se haya solicitado en el plazo reglamentariamente establecido, la preceptiva renovación.
Segundo. Que por la Delegación del Gobierno de Málaga, se ha tramitado el procedimiento de extinción del citado permiso de funcionamiento, concluyendo en propuesta de resolución en el sentido de que por esta Dirección General se declare la extinción del permiso de funcionamiento.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Unico. Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 25.1.a), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por el transcurso del plazo de validez de la autorización, sin haberse solicitado la renovación.
Vistos: La Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto declarar la extinción de los permisos de funcionamiento del Salón de Juego, sito en Centro Comercial Pryca-Alameda, km 2, de Málaga. Código de Local: No tiene.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, en el plazo y con los requisitos señalados en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO
Salón: Salón de Juego.
Centro Comercial Pryca-Alameda, km 2, de Málaga. Empresa: Automáticos Sansol, S.L.
Expte.: 758/88.
Sevilla, 22 de marzo 2001.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.