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Por el presente anuncio, la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en Almería notifica a Construcciones Navaluque, S.L., por haber resultado infructuosa en el domicilio expresado, resolución de recurso de alzada de expediente administrativo RA 9/2000.
Asimismo, se señala el lugar en donde el interesado dispone del expediente completo que, en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se publica en su integridad.
Resolución de recurso de alzada
Expediente: RA 9/2000.
Recurrente: Construcciones Navaluque, S.L. Fecha del acto: 8 de noviembre de 2000.
Resolución: Desestimación.
Contra la mencionada resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.
Lo que se hace público a efectos de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Almería, 22 de marzo de 2001.- El Delegado, Francisco Espinosa Gaitán.