Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 17/4/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE VELEZ-MALAGA

ANUNCIO del Organismo Autónomo Local de Promoción de Empleo y Desarrollo Económico, sobre bases.

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BASES PARA LA CONTRATACION LABORAL INDEFINIDA DE UNA PLAZA DE SOCIOLOGO Y UNA PLAZA DE DIPLOMADO EN EMPRESARIALES

1. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral fija por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Sociólogo y una plaza de Diplomado en Empresariales, vacantes en la plantilla de personal laboral del Organismo Autónomo Local de Promoción de Empleo y Desarrollo Económico del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2000.

Denominación: Sociólogo.

Número: 1.

Nivel de titulación: A.

Título exigido: Licenciatura en Ciencias Políticas y Sociología.

Denominación: Diplomado en Empresariales. Número: 1.

Nivel de titulación: B.

Título exigido: Diplomado en Ciencias Empresariales.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación las bases de la presente convocatoria y, en su defecto, la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; R.D. 896/1991, de 7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo; Ley 30/92, de 26 de noviembre.

El aspirante seleccionado estará sujeto al régimen de incompatibilidades establecido en la normativa vigente.

1.3. Requisitos.

A) Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o de cualquier país integrado en la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad el día que termine el plazo de presentación de solicitudes y no exceder de aquéllos en que falten menos de quince años para la jubilación forzosa por edad, determinada por legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título exigido.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias de la plaza a que se opta.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones o Instituciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.

Los requisitos a que se refiere este apartado habrán de poseerse el día de finalización del plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

Fase de concurso.

La fase de concurso se celebrará antes que la fase de oposición.

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo con una antelación de al menos cuarenta y ocho horas a la realización del citado ejercicio.

La valoración de los méritos se hará a la vista de la

documentación acreditativa de los méritos alegados, original o debidamente compulsada, adjunta a la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de concurso.

Se valorarán los siguientes méritos:

A) Experiencia profesional (sólo se tendrán en cuenta meses completos), se computarán los servicios prestados, en plazas o puestos análogos a los convocados cuyas funciones y/o cometidos estén relacionados con el Desarrollo Local y/o la Promoción de Empleo, hasta el día en que se inicie el plazo de presentación de instancias. A efectos de puntuación, no podrán acumularse puntos por servicios prestados durante el mismo período de tiempo.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 9 puntos, dividiéndose ésta en los siguientes apartados:

a) Por cada mes de servicios prestados en cualquier

Administración Pública: 0,075 puntos/mes.

b) Por cada mes de servicios prestados en el Excmo.

Ayuntamiento de Vélez-Málaga: 0,15 puntos/mes. Los servicios prestados en la Administración se acreditarán con certificado del Organismo competente.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento: Por asistencia a cursos, seminarios, jornadas o congresos organizados

por la Administración Pública u Organismos de ella

dependientes, u otras Entidades Públicas o Privadas en

colaboración con la Administración Pública, con contenidos relacionados con el Desarrollo Local y/o la Promoción de Empleo, debidamente acreditados, cuya duración sea igual o superior a 20 horas, se valorarán con 0,2 cada uno.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

La puntuación máxima de este apartado es de 2 puntos.

C) Por haber superado, mediante oposición libre o concurso- oposición libre, procesos selectivos completos de plazas con iguales funciones y/o cometidos a las que se oposita: 1 punto por cada proceso superado, con un máximo de 2 puntos.

La puntuación de la fase de concurso será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados anteriores, con los límites citados. Quedando excluidos los solicitantes que, de acuerdo con la valoración anterior, no alcancen la puntuación mínima de 6.

Fase de oposición.

La fase de oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en resolver un supuesto a elegir de dos que, adecuados a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionados con el programa de materias, decida el Tribunal, en el tiempo máximo que éste determine. El ejercicio será calificado de 0 a 20 puntos, siendo preciso para superarlo haber obtenido, al menos, 10 puntos, y el Tribunal facilitará al opositor cuanta información (legislación, impresos, etc.) y material estime necesarios para el desarrollo del ejercicio.

La calificación del ejercicio se determinará calculando la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal.

1.5. Entrevista curricular.

Sólo participarán en ella los que hayan superado la fase de oposición. Se puntuará hasta un máximo de 2 puntos. Tendrá una duración máxima de diez minutos y versará sobre el currículum vitae del aspirante y sobre las funciones y cometidos propios de la plaza a la que opta.

La calificación definitiva se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, oposición y entrevista curricular.

En caso de empate, el orden se establece atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación en la fase de concurso.

2. Mayor puntuación obtenida por experiencia profesional.

3. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2. Desarrollo del proceso selectivo.

2.1. Los opositores serán convocados en un llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.2. En la Resolución por la que se aprueba la lista de admitidos se determinará la fecha y el lugar de celebración de la fase de concurso, así como la designación de los miembros del Tribunal.

Una vez comenzado el proceso, no será necesaria la publicación de los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la

Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo, con doce horas de antelación, al menos, al comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si se trata de uno nuevo. Desde la terminación de la última prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días.

2.3. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

2.4. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas, para cada plaza, será el que figura en el Anexo de estas bases.

2.5. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades, deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que procedan.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Presidente del Organismo Autónomo Local de Promoción de Empleo y Desarrollo Económico de Vélez-Málaga, se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Se presentarán, a ser posible, en el impreso que facilitará el Organismo Autónomo, acompañado del resguardo de haber abonado los derechos de examen, fotocopia del DNI, currículum vitae y documentación acreditativa de los méritos alegados.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del Organismo Autónomo Local de Promoción de Empleo y

Desarrollo Económico de Vélez-Málaga o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. El pago de los derechos de examen se efectuará mediante ingreso directo o por transferencia en la cuenta corriente del Organismo Autónomo número 2103/0912/770060000057 de Unicaja, sita en calle Paseo Nuevo, edificio Los Naranjos de Vélez- Málaga. El importe de los derechos de examen será de 3000 pesetas.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse de oficio o a petición del interesado en cualquier momento.

3.5. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso acompañarán a sus instancias los documentos

acreditativos de los méritos a tener en cuenta. Los documentos habrán de ser originales, legalizados mediante documento notarial, o caso de presentarse fotocopias, deberán ser debidamente compulsadas por el órgano competente, previa exhibición del original.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como los excluidos, comunicando las causas y estableciendo el plazo para la subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el lugar en el que se encuentra expuesta la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha de celebración de la primera fase, así como los miembros del Tribunal.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

5. Tribunales.

5.1. Para cada plaza se constituirá un Tribunal, cuya

composición será la siguiente:

Presidente: El Presidente del Organismo Autónomo o persona en quien delegue.

Secretario: El del Organismo Autónomo o persona en quien delegue, el Secretario actuará con voz pero sin voto.

Vocales:

- Tres vocales designados por el Sr. Presidente.

- Un vocal designado a propuesta de los trabajadores del Organismo Autónomo.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con lo mismos requisitos.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes, titulares o suplentes indistintamente.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Presidente, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a esta convocatoria.

5.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. La propuesta de aprobados que contravenga este límite será nula de pleno derecho.

5.5. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización o valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

5.6. Las resoluciones del Tribunal vincularán a la

Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos

102 y ss. de la Ley 30/1992. Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso administrativo ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente. Los miembros del Tribunal percibirán las dietas y asistencia establecidas por la legislación vigente.

5.7. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.

6. Lista de aprobados. Presentación de documentos y

formalización del contrato.

6.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal hará público el nombre del aspirante aprobado y elevará la

correspondiente propuesta de contratación a la Presidencia, remitiendo el acta de la última sesión. La lista de aprobados del ejercicio se publicará en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo.

6.2. En el plazo de veinte días naturales, el aspirante que figure en el anuncio a que se refiere la base anterior deberá presentar la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

Si dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3., no podrá formalizar el contrato y quedarán anuladas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

6.3. En el plazo máximo de treinta días desde la aportación por el aspirante propuesto de los documentos exigidos, el Sr. Presidente procederá a efectuar la correspondiente contratación laboral fija.

7. Nota final.

7.1. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, y en las

presentes bases.

A N E X O

A. Plaza de Sociólogo.

Bloque I: Materias comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

3. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición y atribuciones.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Los Ministros.

5. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La Organización Judicial Española.

6. La Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. El estatuto de autonomía de Andalucía.

7. La coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas. Principios de actuación de la Administración Pública.

8. La Provincia y el Municipio. Organización y competencias.

9. Otras Entidades Locales Territoriales: Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio. La Comarca, las Areas Metropolitanas, las Mancomunidades de Municipios.

10. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de Leyes.

11. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los ciudadanos. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

12. El procedimiento administrativo local. Sus fases. El silencio administrativo.

13. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

14. Organización y competencias municipales.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El Sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

17. Funcionamiento de los órganos colegiados locales:

Convocatorias, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones, Actas y certificados de acuerdos.

18. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

19. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

20. Las Comunidades Europeas y sus instituciones: El Consejo, el Parlamento y la Comisión. La integración de España en la Unión Europea.

Bloque II: Materias específicas.

1. El modelo teórico del Desarrollo Local.

2. Programas básicos de las estrategias de Desarrollo Local.

3. Desarrollo Local y Territorio.

4. El papel del sector público y de los mercados en el

desarrollo local.

5. La Administración Central y el Desarrollo Local.

6. La Administración Regional y el Desarrollo Local.

7. Las Administraciones Públicas Locales y el Desarrollo Local.

8. La Políticas de desarrollo local en el municipio de Vélez- Málaga.

9. El marco jurídico del Desarrollo Local.

10. Los poderes públicos locales sujetos del desarrollo local.

11. El papel de los Entes públicos en el sistema económico.

12. El marco jurídico específico de los bienes y de la

actividad económica de los Entes locales.

13. Formas de gestión de los Servicios Públicos Locales de Empleo.

14. El Organismo Autónomo Local de Promoción de Empleo y Desarrollo Económico de Vélez-Málaga.

15. Formación y empleo local.

16. Modelo para la Detección de Necesidades Formativas.

17. Caracterización y sensibilización de los colectivos beneficiarios de Acciones de Formación.

18. Diseño y elaboración de un Plan de Formación.

19. El Programa Nacional de Formación Profesional.

Consideraciones generales. Antecedentes, principios de

actuación. Objetivos generales y específicos.

20. El Sistema Nacional de cualificaciones profesionales. Objetivos. Metodología. Los observatorios profesionales.

21. La formación profesional ocupacional en el Programa Nacional de formación profesional. Concepto, objetivos y medidas de intervención.

22. El Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional: Antecedentes normativos. Objeto y gestión. Los centros

nacionales de formación profesional ocupacional.

23. El Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional: El contrato programa y los convenios de colaboración. Contenido y objeto. Obligaciones y destinatarios.

24. El Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional: Los centros colaboradores. Concepto, requisitos y procedimiento de homologación. Obligaciones. Programación y régimen económico.

25. Los Certificados de Profesionalidad.

26. Plan Andaluz de Formación Profesional.

27. Los Programas de Formación Profesional Ocupacional de la Junta de Andalucía.

28. Procedimiento de autorización administrativa para la actividad como Centro Colaborador de Formación Profesional Ocupacional de la Junta de Andalucía.

29. Contenidos transversales en la Formación Profesional Ocupacional: Orientación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales, Igualdad de Oportunidades y Conservación del Medio Ambiente.

30. Plan Nacional de Acción para el Empleo.

31. El Programa. «Experiencias Mixtas de Formación y Empleo¯.

32. El Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficio.

33. El Programa de Talleres de Empleo.

34. Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Definición y funciones.

35. Calificación de Proyectos y empresas como I + E.

36. Subvenciones para las Iniciativas I + E.

37. Las Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y el Autoempleo.

38. Nuevos Yacimientos de Empleo: Definición, origen,

clasificación e instrumentos.

39. Principales obstáculos para el desarrollo de los Nuevos Yacimientos de Empleo.

40. Actuaciones para una política global de fomento de los Nuevos Yacimientos de Empleo.

41. Los Centros Especiales de Empleo: Creación, calificación e inscripción.

42. Incentivos para la Creación y Mantenimiento de Puestos de Trabajo en Centros Especiales de Empleo.

43. El Centro de Servicios Integrados para el Empleo de Vélez- Málaga.

44. La empleabilidad como factor de inserción laboral: Concepto y consideraciones generales.

45. El asociacionismo como estrategia a favor del empleo.

46. La Estrategia Europea para el Empleo y su aplicación a nivel local.

47. Los Pactos Territoriales a favor del Empleo.

Consideraciones generales. Elementos definitorios, naturaleza y objetivos. Preparación y aplicación.

48. Políticas estructural y de cohesión de la Unión Europea: Directrices estratégicas para los programas período 2000-2006. Objetivos, estructura y base analítica de las directrices. Los principios horizontales.

49. Los Fondos estructurales: Prioridades, principios de actuación y tipos.

50. La Programación de los Fondos Estructurales: Períodos y fases.

51. La política europea y el desarrollo local. Consideraciones generales. Antecedentes, situación y perspectivas.

52. La transnacionalidad en los proyectos europeos.

53. Los costes en los proyectos europeos.

54. Cálculo de los importes de las ayudas en los proyectos europeos.

55. Evaluación y control en los proyectos europeos.

56. Iniciativa Comunitaria URBAN.

57. Iniciativa Comunitaria EQUAL.

58. Iniciativa Comunitaria INTERREG.

59. Iniciativa Comunitaria LEADER.

60. Calidad Total: Definición y concepto de cliente interno.

61. Gestión de la Calidad Total.

62. La Calidad Total en la Administración Pública.

63. Ayudas y subvenciones a las Entidades Locales para la mejora de su infraestructura.

64. Ayudas y subvenciones a cursos que versen sobre la Unión Europea.

65. Subvenciones en equipamientos de playas a las Entidades Locales andaluzas.

66. Subvenciones en materia de infraestructura turística.

67. Planificación estratégica: Concepto y atributos.

68. La sociedad de la información y el desarrollo regional en Europa.

69. Empleos de futuro: Concepto y clases.

70. La institucionalización de los empleos de futuro.

B. Plaza de Diplomado en Empresariales.

Bloque I: Materias comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de Leyes.

4. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los ciudadanos. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

5. El procedimiento administrativo local. Sus fases. El silencio administrativo.

6. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

7. Organización y competencias municipales.

8. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El Sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales:

Convocatorias, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones, Actas y certificados de acuerdos.

11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

12. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

Bloque II: Materias específicas.

1. El modelo teórico de desarrollo local.

2. El concepto de desarrollo endógeno.

3. El ordenamiento jurídico y el Desarrollo Local. Delimitación del marco jurídico.

4. Los poderes públicos locales sujetos del desarrollo local y el papel de los Entes Públicos en el sistema económico.

5. El marco jurídico específico de los bienes y la actividad económica de los Entes Locales.

6. Formas de Gestión de los Servicios Públicos Locales en el Desarrollo Local.

7. Las Administraciones Públicas Locales y el Desarrollo Local.

8. Empleos de futuro: Concepto y clases.

9. La institucionalización de los empleos de futuro.

10. Ayuda a Fondo Perdido para el inicio de la Actividad.

11. Ayudas Públicas para la Creación de empleo estable.

12. Ayudas Públicas para Experiencias Mixtas de Formación y Empleo.

13. Incentivos para la Creación y Mantenimiento de Puestos de Trabajo en Centros Especiales de Empleo.

14. Apoyo al empleo en Proyectos de Interés Social.

15. Promoción de la Economía Social: Subvenciones a la

Inversión.

16. Promoción de la Economía Social: Subvenciones al Empleo en Cooperativas.

17. Promoción de la Economía Social: Subvenciones de Intereses.

18. Programa Empresa Joven.

19. Programa de Creación y Ampliación de empresas en la industria y los servicios.

20. Subvención de Intereses: Convenio Junta de

Andalucía/Entidades Financieras.

21. Elaboración de un Plan de Empresas.

22. El desarrollo local. Concepto, evolución, objetivos y principios de actuación. Caracterización del proceso de desarrollo local.

23. La Promoción Económica y Desarrollo Local en el municipio de Vélez-Málaga: Antecedentes, situación actual y perspectivas de futuro.

24. El Organismo Autónomo Local de Promoción de Empleo y Desarrollo Económico.

25. El Centro de Servicios Integrados para el Empleo de Vélez- Málaga.

26. El Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficio.

27. El Programa de Talleres de Empleo.

28. Los Nuevos Yacimientos de Empleo: Definición, origen, clasificación e instrumentos.

29. Principales obstáculos para el desarrollo de los Nuevos Yacimientos de Empleo.

30. Actuaciones para una política global de fomento de los Nuevos Yacimientos de Empleo.

31. Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Definición y funciones.

32. Proyectos y Empresas calificados como I + E.

33. Subvenciones para I + E.

34. Subvenciones al pequeño comercio en desarrollo del Proyecto de Modernización de las PYMES comerciales.

35. Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.

36. Ayudas para la modernización y fomento de la artesanía andaluza.

37. Subvenciones en materia de infraestructura turística.

38. Subvenciones a Entidades Locales para la mejora de su infraestructura.

39. Ayudas a municipios en materia de urbanismo comercial.

40. Subvenciones en equipamientos de playas a las Entidades Locales andaluzas.

41. Subvenciones para la realización de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

42. Subvenciones para la realización de Acciones INMA y APE.

43. Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia al Autoempleo en Vélez-Málaga.

44. Ayudas a cursos y jornadas en temas comunitarios.

45. La transnacionalidad en los proyectos europeos.

46. Los costes en los proyectos europeos.

47. Cálculo de los importes de las ayudas en los proyectos europeos.

48. Evaluación y control en los proyectos europeos.

Las presentes bases, junto con la convocatoria a que se refieren, fueron aprobadas por Resolución de la Presidencia de fecha 23 de febrero de 2001.

Vélez-Málaga, 26 de febrero de 2001.- El Presidente, Antonio Souviron Rodríguez.