La Junta
Consejo de Gobierno
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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución que tiene formulada esta Delegación Provincial en el expediente sancionador núm. 167/00, incoado a Panificadora Nuestra Señora de los Milagros, S.L., con domicilio últimamente conocido en C/ Almoraima, núm. 34, de Tomares (Sevilla), se advierte que tiene un plazo de un mes desde la presente publicación para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime oportunos, y para proponer las pruebas que convengan a su derecho, de conformidad con lo preceptuado en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).
Sevilla, 26 de marzo de 2001.- El Delegado, Francisco Javier Cuberta Galdós.
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