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La Mancomunidad R.S.U. Guadalquivir (Sevilla), por Resolución de la Presidencia núm. 25, de fecha 19 de marzo de
2001, ha solicitado de esta Dirección General de la Función Pública, la creación en la citada Mancomunidad, de las plazas de Secretaría e Intervención, reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y su clasificación en Secretaría de Clase Segunda, con complemento de destino nivel 20 e Intervención de Clase Segunda con complemento de destino nivel 20.
Tramitado expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 63.4 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía; en el artículo 93.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, relativa al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Crear las plazas de Secretaría e Intervención, reservadas para su provisión por funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, en la Mancomunidad de R.S.U. Guadalquivir (Sevilla), y clasificarlas en Secretaría de Clase Segunda, con complemento de destino nivel 20 e Intervención de Clase Segunda con complemento de destino nivel
20.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 26 de marzo de 2001.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.