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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 8, de 22 de enero de 2000), por la que se regula la Cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales comunitarios, se da publicidad del siguiente Convenio:
- Convenio de Colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Ecija para la construcción del Centro de Servicios Sociales Comunitarios.
Financiación:
Consejería de Asuntos Sociales: 35.000.000 de ptas. (Incluyendo los créditos transferidos por el M.º de Trabajo y AA.SS. para el Plan Concertado.)
Esta cantidad se hará efectiva en tres anualidades, de la siguiente forma:
Año 2000: 8.420.000 ptas.
Año 2001: 13.965.600 ptas.
Año 2002: 12.615.000 ptas.
- Ayuntamiento: 175.141.143 ptas.
(Incluyendo, en su caso, los créditos transferidos por la Diputación Provincial u otros organismos públicos o privados.)
Total Convenio: 210.141.743 ptas.
Sevilla, 20 de diciembre de 2000.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.
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