Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 08/05/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre Propuesta de Resolución dirigida a don Francisco Javier Benítez Bellido por no ocupación de la vivienda que se cita (expte.: MA-970/85).

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Visto el expediente de rescisión de contrato incoado por esta Delegación Provincial a don Francisco Javier Benítez Bellido por no ocupación de la vivienda sita en Urbanización Cotomar, Bloque 11, 1.º-A, de Rincón de la Victoria (Málaga), y,

Resultando: Que la expresada vivienda es propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, construida al amparo del expediente MA-907, para su adjudicación en calidad de arrendamiento, por lo que la misma se halla sujeta al régimen propio vigente por el que se rigen las viviendas de protección oficial, así como a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Resultando: Que en esta Delegación Provincial se tuvo conocimiento de la situación de ilegalidad en que se encontraba la vivienda, procediéndose a la incoación de expediente de desahucio, así como a formular el pliego de cargos con fecha 1 de junio de 2000, siendo notificado a través del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria el 16 de junio de 2000, sin que se hayan formulado alegaciones al respecto.

Considerando: Que quedan más que probados los cargos que se le imputan a don Francisco Javier Benítez Bellido, titular de la vivienda sita en Urbanización Cotomar, Bloque 11, 1.º-A, de Rincón de la Victoria (Málaga), por no ocupación de la vivienda referenciada en base a los siguientes supuestos:

- Que, tal como consta en el expediente obrante en esta Delegación Provincial, la vivienda objeto del presente expediente ha sido objeto de incumplimiento por parte de su adjudicatario, prescindiendo del cauce legal previsto. Considerando: Que queda probado en el Considerando anterior que el ocupante de la vivienda incurre en las circunstancias previstas en la Causa Sexta (6.ª), artículo 138 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968. Considerando: Que se ha tenido en cuenta en la tramitación del expediente lo dispuesto en los artículos 138 al 144 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de junio de

1968, de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones que son de aplicación.

La Instructora que suscribe formula la siguiente Propuesta: Que se proceda a la resolución del contrato de la vivienda de la que es parte el expedientado, otorgándole un plazo de ocho (8) días para que haga entrega de las llaves, conforme a lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento citado, y se concede al expedientado un plazo de cuatro (4) días para que formule cuanto considere conveniente a su defensa, transcurridos los cuales se elevará el expediente a Resolución del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Málaga, 27 de marzo de 2001.- La Instructora.