Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 12/5/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA

ANUNCIO de bases.

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Bases que han de regir la convocatoria para la provisión, por promoción interna mediante el sistema de concurso-oposición de dos plazas de Técnico de Administración General de la plantilla de funcionarios de carrera de la Diputación de Granada, aprobadas mediante Resolución del Diputado Delegado del Area de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio de 7 de febrero de 2001.

1. Naturaleza y características de las plazas a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por promoción interna mediante el sistema de concurso-oposición, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, y 75 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de dos plazas de Técnico de Administración General de la plantilla de funcionarios de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Granada, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, y dotadas con el sueldo correspondiente al Grupo A, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2. Al presente Concurso-Oposición le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.3. Esta convocatoria de plazas ofertadas por promoción interna es independiente, por lo que, en el supuesto de que quedasen vacantes, no se acumularán al resto de plazas, de conformidad con lo previsto en el artículo 79 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de la Excma. Diputación Provincial de Granada.

b) Pertenecer a la Escala de Administración Especial, Grupo B, o Escala de Administración General, Grupo C.

c) Tener una antigüedad de al menos dos años en la Escala de Administración Especial, Grupo B, o Administración General, Grupo C, en la Excma. Diputación Provincial de Granada.

d) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función pública.

2.2. Los requisitos establecidos en esta Base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.

3. Instancias y documentacion a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, sita en Avda. del Sur, 3, Complejo Administrativo «La Caleta¯, 1.ª planta, de lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábados de 9 a 13 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación, bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción del título académico exigido en la Base 2.1.d), o documento oficial de la solicitud del mismo, del que deberá presentarse fotocopia junto con la instancia, y, además, una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

La fotocopia del título académico, o documento de su solicitud, y del DNI, deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original.

3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. El personal de la Excma. Diputación Provincial de Granada, que acceda por el turno de promoción interna a las plazas convocadas, queda excluido de los derechos de examen.

3.6. Los aspirantes que pretendan puntuar en la Fase de Concurso presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. En la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

3.7. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

3.8. Los aspirantes que se presenten por el sistema de

promoción interna deberán adjuntar a la instancia, además, certificado expedido por el Secretario de la Corporación acreditativo del cumplimiento de los requisitos a que hace referencia la Base 2.1 de las presentes. No obstante, cuando por razones de acumulación de solicitudes no puedan ser realizados en plazo, podrá adjuntarse a la instancia copia de su solicitud en el Registro General de la Diputación,

aportándose con posterioridad y de oficio por Recursos Humanos el certificado al expediente.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Presidente o el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio dictará Resolución a propuesta del Tribunal seleccionador, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y exponiéndose además en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, que en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.

La publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados por el Tribunal, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría primera de las recogidas en el art. 33.1 del R.D. 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Como titular el Diputado Provincial en quien delegue el Excmo. Sr. Presidente y como suplente el Diputado Provincial en quien también delegue dicha Presidencia.

Vocales:

1. Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía en representación de ésta.

2. Dos miembros titulares y dos suplentes propuestos por la Junta de Personal en representación de ésta.

3. Un miembro titular y otro suplente por la Diputación Provincial de Granada.

Secretario: Uno titular y otro suplente propuestos por la Diputación de Granada.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Los interesados podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que, de oficio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. El Tribunal se reunirá, antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos

profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la Base 6.10 «aplicación del concurso¯. Dicho escrito ha de publicarse en el Tablón de Anuncios de la Corporación (Complejo Administrativo La Caleta) con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en el Tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior, debiendo exponerse además en el Tablón de Anuncios del Edificio La Caleta. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia¯.

6.6. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra «B¯, de conformidad con resolución de 23 de febrero de 2000, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (BOE núm. 54, de 3 de marzo de 2000).

6.7. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal.

6.8. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.

6.10. Valoración de Méritos. Fase de concurso:

a) Antigüedad: 0,5 puntos por cada año de trabajo en la Diputación Provincial de Granada.

b) Formación: 0,2 puntos por cada actividad formativa

relacionada con el puesto de trabajo objeto del concurso, con un máximo de 1,00 punto.

c) Permanencia en puesto de trabajo de igual o similar

contenido al del puesto convocado: 0,4 puntos por cada año, con un máximo de 2,00 puntos.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de Oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición.

6.11. Fase de Oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:

Primer ejercicio: Igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de cien preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de cien minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con los temas contenidos en los Bloques II al V del Anexo I de esta convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas de dichos Bloques. El criterio de corrección será el siguiente: Por cada dos preguntas contestadas erróneamente se penalizará con una contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima

requerida para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, consistirá en la redacción de un informe con propuesta de resolución, sobre dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relativos a las funciones a desempeñar, en tiempo máximo de cuatro horas.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos; siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

6.13. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de oposición y de la del Concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la Fase de Oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

7. Listas de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios de la Diputación la relación de los candidatos que hubiesen superado la misma por orden de

puntuación total obtenida, en la que constarán las

calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados será elevada al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación o al Diputado Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.

7.3. Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentación de documentos.

8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en el Servicio de Recursos Humanos de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas Bases.

8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que

justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente o el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, nombrará funcionarios de carrera a los aprobados en el proceso selectivo.

9.2. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la

resolución.

9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base final.

Contra la Convocatoria y sus Bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Granada que por turno corresponda, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el «Boletín Oficial del Estado¯ (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa).

ANEXO I

Bloque I. Derecho Constitucional y Organización Territorial del Estado:

Tema 1. El concepto de Constitución. La Constitución como Norma Jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978: Estructura.

Tema 2. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho.

Tema 3. Los valores superiores de la Constitución Española.

Tema 4. Los Derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

Tema 5. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

Tema 6. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

Tema 7. La Corona: Atribuciones según la Constitución Española. El Poder Judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.

Tema 8. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: Modalidades.

Tema 9. Organos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo y otros órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

Tema 10. El Tribunal Constitucional: Organización y recursos.

Tema 11. El Gobierno: Composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública: Principios constitucionales

informadores.Tipología de las Administraciones.

Tema 12. La Administración del Estado: Organos superiores y órganos periféricos. El Delegado del Gobierno. La

Administración consultiva. La Administración Institucional.

Tema 13. La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. La Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 14. Organizaciones sindicales y empresariales en España. Evolución histórica y situación actual. Principios

constitucionales informadores.

Tema 15. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía: Especial referencia a las Competencias en materia de Régimen Local.

Tema 16. Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local.

Tema 17. Las Instituciones autonómicas. Previsiones

constitucionales. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Defensor del Pueblo de Andalucía.

Tema 18. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal y atribuciones. El Consejo de Gobierno: Atribuciones y

composición. Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Tema 19. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración

Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autonómica de Andalucía.

Bloque II. Derecho Administrativo:

Tema 20. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La

aplicación del Derecho.

Tema 21. La Administración Pública: Concepto. Las

Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

Tema 22. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y los Principios Generales del Derecho.

Tema 23. La Ley: Concepto y Clases. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley.

Tema 24. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

Tema 25. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados. Los actos de la Administración en régimen jurídico privado.

Tema 26. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación, notificación y eficacia.

Tema 27. La validez de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos: Anulación y revocación.

Tema 28. La obligación de la Administración Pública de

resolver. Contenido de la resolución expresa. La falta de resolución expresa. El régimen del silencio administrativo.

Tema 29. El Procedimiento Administrativo. Principios

informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación,

Ordenación, Instrucción y Terminación. Procedimientos de ejecución.

Tema 30. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos de alzada, potestativo de reposición y

extraordinario de revisión. Las reclamaciones económicas- administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.

Tema 31. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.

Tema 32. Los contratos de la Administración: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos del contrato administrativo. Procedimientos y formas de contratación. Los contratos

administrativos típicos. La extinción de los contratos

administrativos.

Tema 33. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. Cumplimiento de los contratos administrativos. Riesgos y ventura y fuerza mayor. Revisión de precios.

Tema 34. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

Tema 35. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

Tema 36. La intervención administrativa. Clasificación

tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento y sus manifestaciones.

Tema 37. La actividad de la policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas administraciones públicas.

Tema 38. La potestad sancionadora de la Administración: Procedimiento sancionatorio y principios generales.

Tema 39. El servicio público. Teoría general. Formas de gestión. Especial referencia a la concesión.

Tema 40. Propiedades administrativas. Clases. El dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del dominio público. El patrimonio privado.

Bloque III. Ciencia de la Administracion:

Tema 41. Las Organizaciones. Organización formal e informal. Concepto y sistemática de las Organizaciones.

Tema 42. Planificación y programación de la actividad

administrativa. Instrumento estadístico. Registro, proceso y acceso a la información. Definición de objetivos y evolución de recursos.

Tema 43. La comunicación en las Organizaciones. Producción y circulación de información en las grandes Organizaciones. Redes de comunicación y de relación.

Tema 44. Transformaciones recientes de las Organizaciones administrativas. Informática y reproducción gráfica como elementos claves en los grupos de información.

Tema 45. La dirección de las Organizaciones. Adopción de decisiones. Iniciativas, preparación, y formalización de decisiones. Jerarquía, liderazgo y participación.

Tema 46. El análisis de las políticas públicas. Estudio orientado a la solución de problemas. Apoyo al diseño de las intervenciones. Control y seguimiento de su implantación.

Tema 47. La modernización de la Administración Pública: Grandes líneas de reforma en la actualidad.

Bloque IV. Derecho de las Comunidades Europeas:

Tema 48. La Comunidades Europeas. Los tratados originarios y modificaciones: Especial referencia al Tratado de la Unión Europea. Objetivos y naturaleza jurídica de las Comunidades. La unión política. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea.

Tema 49. Las Instituciones Europeas. El Consejo y la Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El proceso decisorio. Participación de los entes territoriales no

estatales en el proceso decisorio.

Tema 50. El Presupuesto de las Comunidades Europeas. Los instrumentos financieros. Las competencias de la Comunidad. Relaciones entre competencia comunitaria, competencia nacional y competencias autonómicas.

Tema 51. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España: Participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho

Comunitario Europeo.

Tema 52. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales.

Tema 53. Políticas comunes. Repercusiones del ingreso en la UE para la economía andaluza: Especial referencia a los Fondos estructurales y de cohesión.

Bloque V. Administración Local:

Tema 54. Régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 55. La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España.

Organización y competencias de la provincia.

Tema 56. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho Español. Organización y competencias municipales. El Pacto Local.

Tema 57. El término municipal. La población municipal.

Consideración especial del vecino. El empadronamiento

municipal.

Tema 58. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos

colegiados locales.

Tema 59. Otras entidades locales complementarias y fórmulas asociadas para la gestión de los servicios: Especial referencia a la Ley de Demarcación Municipal de Andalucía.

Tema 60. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 61. Autonomía local y tutela.

Tema 62. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases y régimen jurídico.

Tema 63. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones

administrativas de los Funcionarios Públicos Locales.

Tema 64. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

Tema 65. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen

disciplinario.

Tema 66. El patrimonio de las Entidades Locales. Régimen jurídico. Clases de bienes. Potestades administrativas con relación a sus bienes; la tutela de los mismos. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 67. La formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Tema 68. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento El condicionamiento de las licencias.

Tema 69. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema 70. Las empresas municipales. Los consorcios.

Tema 71. Especialidades con relación a la contratación

administrativa en la esfera local.

Tema 72. Las Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

Tema 73. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Tema 74. Los impuestos Locales.

Tema 75. Régimen jurídico del gasto público local.

Tema 76. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

Tema 77. Evolución histórica de la legislación urbanística española. El marco constitucional del urbanismo. La Sentencia

61/97 del Tribunal Constitucional y legislación actual. Competencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

Tema 78. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: Principios generales. Clasificación. Régimen del suelo no urbanizable. Régimen del suelo urbano: derechos y deberes de los propietarios en suelo urbano consolidado y no consolidado. Régimen del suelo urbanizable: Derechos y deberes de los propietarios.

Tema 79. La ordenación el territorio. La Carta europea de Ordenación del Territorio. Ordenación del Territorio y

urbanismo: problemas de articulación. Los instrumentos de ordenación territorial y su incidencia urbanística. Actuaciones de interés regional y otras figuras análogas de la legislación autonómica.

Tema 80. Instrumentos de planeamiento. Planes generales y normas subsidiarias y complementarias. Proyectos de

delimitación del suelo urbano.

Tema 81. Planeamiento de desarrollo: Planes Parciales, Estudios de Detalle, Planes Especiales y el Proyecto de Urbanización.

Tema 82. Elaboración y aprobación de planes. Competencia y procedimiento. Efectos de la aprobación. Iniciativa y

colaboración de los particulares. Publicidad. Modificación y revisión de los planes.

Tema 83. Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución. El principio de equidistribución y sus técnicas. Sistemas de actuación.

Tema 84. Intervención administrativa en la edificación o uso del suelo. La licencia urbanística: Actos sujetos, naturaleza y régimen jurídico. Las órdenes de ejecución. Deberes de

conservación y régimen de la declaración de ruina.

Tema 85. Protección de la legalidad urbanística. Obras sin licencia o contrarias a sus condiciones. Licencias ilegales. Infracciones y sanciones urbanísticas.

Tema 86. Los Servicios Sociales en España. Referencia

Constitucional. Competencias de las distintas Administraciones Públicas en materia de Servicios Sociales. Visión general en el marco de la política social europea.

Tema 87. El sistema público de Servicios Sociales, el Plan Concertado para las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales. Concepto y desarrollo.

Tema 88. Los Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley de Servicios Sociales de Andalucía. El Plan Andaluz de Servicios Sociales.

Tema 89. Los Servicios Sociales Comunitarios y la atención al menor, las personas mayores y personas con discapacidad en Andalucía. Ley de atención a las personas con discapacidad en Andalucía. Ley de los derechos y la atención al menor. Ley de Atención y Protección a las Personas Mayores.

Tema 90. El Plan Nacional y el Plan Andaluz sobre Drogas: recursos. Aportaciones en el campo de las drogodependencias de la ley 4/1997 de prevención y Asistencia en esta materia.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Granada, 7 de febrero de 2001.- El Diputado Delegado del Area de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio, Gabriel Cañavate Maldonado.

Ver Anexo II en pág. 7.288