Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 15/05/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 17 de abril de 2001, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaira (Sevilla). (PP. 1191/2001).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto

266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto

137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

UNION LOCAL DE AUTONOMOS DEL TAXI. ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 145 ptas. Km recorrido 99 ptas. Hora de espera 2.174 ptas. Carrera mínima 397 ptas.

Tarifa 2

Bajada de bandera 179 ptas. Km recorrido 121 ptas. Hora de parada o espera 2.718 ptas. Carrera mínima 499 ptas.

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios nocturnos realizados en días laborables de 22 a

6 horas.

b) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos de O a

24 horas.

c) Servicios realizados durante la Semana Santa desde las 22 horas del Martes Santo.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero.

Suplementos (no aplicables a servicios interurbanos)

Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 56 ptas.

Suplementos especiales sobre lo marcado en taxímetro:

- Centro penitenciario Alcalá 176 ptas.

- Residentes Ciudad San Juan de Dios 91 ptas.

- Visitas y trabajadores Ciudad San Juan de Dios 176 ptas.

- Polígonos industriales en la margen derecha en dirección a Sevilla 146 ptas.

- Servicios realizados en días de Feria: se aplicará la Tarifa 2 más el 25% de lo marcado en la misma, de 22 a 6 horas.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de abril de 2001.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.