Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/05/2001

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ANUNCIO de bases.

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ANEXO 1

CONVOCATORIA DE 3 PLAZAS DE TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 3 plazas de Técnico de Administración General, incluidas en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, pertenecientes al Grupo A, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Poseer la titulación de Licenciado/a en Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Políticas, Intendente Mercantil o Actuario.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración General pertenecientes al Grupo C de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El desarrollo del proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 31, de 16 de febrero de 1998, con las siguientes particularidades:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título de Doctor Universitario: 1 punto.

Título Superior Universitario: 0,75 puntos. Título Medio Universitario: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe.

a) Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema de carácter general determinado por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con la totalidad del temario del programa que se acompaña a la convocatoria, aunque no debe coincidir necesariamente con ningún tema o epígrafe concreto del mismo. La determinación del tema general objeto de este primer ejercicio la efectuará el Tribunal Calificador de conformidad con lo dispuesto en la base núm..d) de las Normas Generales. El/la candidato/a, como complemento del ejercicio realizado, formulará separadamente unas

conclusiones personales sobre el tema desarrollado.

El ejercicio deberá ser leído por el/la opositor/a en sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

6. Arquetas. Construcción y clases. Función que desempeña cada una.

7. Forjados: Con vigetas, reticulares y prefabricados.

Características de cada uno de ellos.

8. Replanteo y construcción de tabiquería. Clases de tabiques, características y finalidad de cada uno de ellos.

9. Guarnecidos de yeso. Preparación de paramentos para

guarnecer. Guarnecidos maestreados y a buena vista,

características de cada uno de ellos.

10. Enlucidos interiores y exteriores. Enlucidos con yeso, características. Enlucidos con mortero, características.

11. Construcción de escaleras. Trazado de escaleras rectas, curvas y compensadas. Peldaños, rellanos, escaleras, huella y contrahuella.

12. Construcción de cubiertas. Replanteo y trazado. Lima tesas, lima hoyas y cumbreras. Pendientes. Tejas: Clases, tipos y características.

13. Construcción de azoteas. Replanteo y trazado. Clases de tabicas utilizadas en azoteas y características de cada una de ellas.

14. Andamios: Clases, tipos y características de cada uno de ellos.

15. Revestimiento de paramentos. Clases y materiales

utilizados.

16. Solado de suelos. Clases y materiales utilizados.

ANEXO 21

CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE OFICIAL DE OFICIO COCINERO

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Oficial de Oficio Cocinero, incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, pertenecientes al Grupo D, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Título de Graduado Escolar, F.P. 1 o equivalente.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración Especial de los Grupos D o E de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm.

31, de 16 de febrero de 1998, desarrollándose como a

continuación se indica:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título Medio Universitario: 1 punto.

Título de F.P. 2: 0,75 puntos.

Título de F.P. 1: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe:

Ejercicio práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar, en el tiempo determinado por el Tribunal, dos supuestos prácticos relativos a las funciones propias de la plaza a cubrir y relacionados con los temas incluidos en las materias del programa que se adjunta.

Uno de ellos se realizará por escrito y en él se plantearán diversas cuestiones que permitan al Tribunal determinar los conocimientos teórico-prácticos que sobre dicho supuesto tienen los aspirantes. El otro consistirá en la ejecución material de una o varias tareas propias de la actividad profesional.

Cada uno de los supuestos se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlos haber obtenido en cada uno de ellos un mínimo de cinco puntos, una vez realizada la

correspondiente media aritmética de las calificaciones

otorgadas por cada miembro del Tribunal. La puntuación final será la resultante de la suma de las obtenidas en cada uno de los supuestos.

3.2. Temario:

1. Nociones sobre calorías, proteínas, vitaminas, grasas e hidratos de carbono.

2. Los grupos de alimentos:

- Lácteos.

- Carnes, pescados y huevos.

- Patatas, legumbres, y frutos secos.

- Frutas.

- Verduras y hortalizas.

- Cereales, pan, azúcar y pasta.

- Aceites, natas y mantequillas.

3. La dieta mediterránea: Propiedades, cualidades y

principales componentes. Menús.

4. Menús especiales:

- El menú diabético.

- El menú del enfermo de gastroenteritis.

- El menú del hipertenso.

5. Necesidades alimenticias de bebés y primera infancia: Menús.

6. Necesidades alimenticias de adultos: Menús.

7. Necesidades alimenticias de ancianos: Menús.

8. Normas y pautas para el uso de alimentos:

- Las materias primas.

- La congelación y descongelación.

- La refrigeración y el calentamiento de comidas.

9. Manipulación, conservación y almacenamiento de alimentos.

10. La higiene en la cocina:

- Pautas higiénico-preventivas del Cocinero/a.

- Utilización, almacenamiento y conservación de los útiles de cocina.

- Vestuario.

- Los residuos, tratamiento y eliminación.

- La limpieza, desinfección, desinsectación y desratización en cocina.

- Prohibiciones.

11. Características, requisitos y equipamientos de los

locales e instalaciones.

12. Seguridad en el trabajo en cocina:

- Correcta utilización de maquinaria.

- Botiquines.

- Prevención de accidentes.

13. Elaboración de menús:

- El desayuno, almuerzo y cena.

- Criterios para la elaboración de menús.

- Principales errores en elaboración de comidas y en hábitos alimenticios.

- Las intoxicaciones.

14. Funciones y tareas del Cocinero/a.

15. Repostería, salsas y ensaladas.

16. La cocina de los comedores colectivos: Planificación y organización del consumo de alimentos.

ANEXO 23

CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE OFICIAL DE OFICIO ELECTRICISTA

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Oficial de Oficio Electricista, incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficio, perteneciente al Grupo D, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Título de Graduado Escolar, F.P. 1 o equivalente.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración Especial de los Grupos D o E de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm.

31, de 16 de febrero de 1998, salvo las peculiaridades

contenidas en el presente Anexo, desarrollándose como a continuación se indica:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública, se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título Medio Universitario: 1 punto.

Título de F.P. 2: 0,75 puntos.

Título de F.P. 1: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Los candidatos deberán realizar un único ejercicio obligatorio de contenido eminentemente

práctico, que se desarrollará como a continuación se expone:

Ejercicio práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar, en el tiempo determinado por el Tribunal, dos supuestos prácticos relativos a las funciones propias de la plaza a cubrir y relacionados con los temas incluidos en las materias del programa que se adjunta.

Uno de ellos, se realizará por escrito y en él se plantearán diversas cuestiones que permitan al Tribunal determinar los conocimientos teórico-prácticos que sobre dicho supuesto tienen los aspirantes. El otro, consistirá en la ejecución material de una o varias tareas propias de la actividad profesional.

Cada uno de los supuestos se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlos haber obtenido en cada uno de ellos un mínimo de cinco puntos, una vez realizada la

correspondiente media aritmética de las calificaciones

otorgadas por cada miembro del Tribunal. La puntuación final será la resultante de la suma de las obtenidas en cada uno de los supuestos.

3.2. Temario:

1. Conocimiento e identificación de materiales.

2. Líneas de distribución en baja tensión. Líneas de enlace.

3. Medidas eléctricas. Características generales de los instrumentos de medición. Sistemas básicos empleados en la construcción de aparatos de medida. Medida de potencia en corriente alterna. Medidas de resistencia de aislamiento y rigidez dieléctrica. Resistencia de tierra. Medida de

intensidades de iluminación. Medidas del factor de potencia. Medidas en corriente alterna de R.L.C.

4. Introducción a la corriente alterna. Elementos pasivos y su comportamiento en corriente alterna. Circuitos serie y

paralelo. Factor de potencia.

5. Canalizaciones protegidas. Empotradas y al aire.

6. Constitución. Funcionamiento y características de la batería de acumuladores.

7. Mantenimiento. Averías y reparaciones de las máquinas y aparatos eléctricos.

8. Alumbrados públicos. Sistemas de iluminación.

9. Instalaciones de B.T. Alimentación de receptores. Maniobra y protección. Dispositivos automáticos. Puesta a tierra.

10. Motores de corriente alterna trifásica. Montaje.

Constitución. Funcionamiento, características. Protecciones, procedimientos de arranque e inversión de motores.

11. Transformadores trifásicos. Principio de funcionamiento. Objeto del transformador. Clasificación. Simbología y

denominación. Valores nominales y características de

funcionamiento. Transformador ideal.

12. Aparatos de maniobra y protección en media tensión y alta tensión. Seccionadores. Interruptores y disyuntores. Corto circuito de alta tensión.

13. Reglamento electrotécnico de baja tensión. Redes aéreas y subterráneas para distribución de energía eléctrica;

instalaciones de alumbrado público, interiores o receptoras. Instalaciones en locales de pública concurrencia; instalaciones con fines especiales: Prescripciones particulares.

14. Reglamento de verificaciones eléctricas.

15. Legislación básica de seguridad e higiene en el trabajo. Peligros de la electricidad. Prevención de accidentes.

16. Normas técnicas de construcción y montaje de las

instalaciones eléctricas de distribución de la Compañía Sevillana de Electricidad.

ANEXO 27

CONVOCATORIA DE 2 PLAZAS DE OFICIAL DE OFICIO PINTOR

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 2 plazas de Oficial de Oficio Pintor, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, pertenecientes al Grupo D, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Título de Graduado Escolar, F.P. 1 o equivalente.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración Especial de los Grupos D o E de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm.

31, de 16 de febrero de 1998, salvo las peculiaridades

contenidas en el presente Anexo, desarrollándose como a continuación se indica:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública, no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título Medio Universitario: 1 punto.

Título de F.P. 2: 0,75 puntos.

Título de F.P. 1: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Los candidatos deberán realizar un único ejercicio obligatorio de contenido eminentemente

práctico, que se desarrollará como a continuación se expone:

Ejercicio práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar, en el tiempo determinado por el Tribunal, dos supuestos prácticos relativos a las funciones propias de las plazas a cubrir y relacionados con los temas incluidos en las materias del programa que se adjunta.

Uno de ellos se realizará por escrito y en él se plantearán diversas cuestiones que permitan al Tribunal determinar los conocimientos teórico-prácticos que sobre dicho supuesto tienen los aspirantes. El otro consistirá en la ejecución material de una o varias tareas propias de la actividad profesional.

Cada uno de los supuestos se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlos haber obtenido en cada uno de ellos un mínimo de cinco puntos, una vez realizada la

correspondiente media aritmética de las calificaciones

otorgadas por cada miembro del Tribunal. La puntuación final será la resultante de la suma de las obtenidas en cada uno de los supuestos.

3.2. Temario:

1. Preparación de paramentos. Aparejos: Tipos,

características y aplicación. Plastes: Tipos, características y aplicación. Lijas: Tipos.

2. Brochas y pinceles: Tipos, características, manejo y conservación. Rodillos: Tipos, características, manejo y conservación.

3. Compresores. Tipos y características. Accesorios. Manejo. Conservación y mantenimiento.

4. El aerógrafo. Funcionamiento. Boquillas. Manejo.

Conservación y mantenimiento.

5. Colores primarios o básicos, secundarios y terciarios. Composición.

6. Pigmentos. Tipos. Colores enteros. Confección de

tonalidades. Contraste.

7. Pasta de temple liso a brocha y rodillo. Métodos. Aplicación de temples picados. Sistemas.

8. Aplicación de temple liso a brocha y rodillo. Métodos. Aplicación de temples picados. Sistemas.

9. Ejecución de pastas rayadas. Métodos. Tipos de acabado.

10. Aplicación de pinturas al gotelé. Métodos.

11. Las pinturas plásticas. Composición. Sistemas de

aplicación. Las pinturas plásticas en exteriores.

12. Pinturas al aceite. Tipos y características. Composición. Cargas. Pigmentos. Vehículo. Disolventes. Aglutinantes.

13. Barnices: Tipos y características. Oleorresionosos. Mate. Marino. Resistentes al calor. Poliéster. Métodos de aplicación. Tapaporos: Tipos y características. Finalidad.

14. Lacas: Tipos y características. Abrasivos. Alcoholes y disolventes. Diluyentes. Plastificantes. Aplicación. Acabados.

15. Pintura a la cal. Preparación. Cal: Tipos y

características. Apagado.

16. Andamios: Tipos. Sistemas de montaje. Madera para andamios: Tipos. Grueso de los tablones. Longitud de los vanos.

Málaga, 2 de abril de 2001.- El Alcalde, P.D., El Tte.

Alcalde Delegado de Personal, Organización y Calidad de los Servicios, Francisco Aguilar Muñoz. El Tribunal podrá dialogar con el/la aspirante sobre el ejercicio realizado, diálogo que tendrá una duración máxima de

15 minutos. Este primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal

inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, y que se referirán al temario incorporado al presente Anexo. Dicho ejercicio constará de un enunciado o planteamiento para cada supuesto práctico y de una serie de cuestiones a las que los/as candidatos/as deben responder o emitir informe con propuesta de resolución. Durante su desarrollo los/as aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de cuantos textos legales (no

comentados doctrinal o jurisprudencialmente) consideren necesarios, y de los cuales deberán ir provistos al lugar señalado en la convocatoria. La duración del ejercicio será de tres horas y su lectura se hará en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el/la opositor/a durante un plazo de quince minutos acerca de las soluciones legales que haya propuesto. Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.

3.2. Temario:

MATERIAS COMUNES

1. La potestad normativa de las Comunidades Autónomas.

Relación de los ordenamientos autonómicos con el estatal. El desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

2. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La autotutela administrativa. La potestad discrecional y su control. Responsabilidad de la Administración.

3. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Eficacia de los actos administrativos. Silencio administrativo. Actos presuntos. Los actos de la Administración en régimen jurídico privado.

4. Invalidez de los actos administrativos. Irregularidades no invalidantes. La revisión de oficio de los actos

administrativos: Anulación y revocación. El régimen jurídico de los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

5. El procedimiento administrativo: Regulación, principios y fases del procedimiento.

6. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión y límites. Las partes en el proceso. Procedimiento. La sentencia y su ejecución. Los recursos de casación y revisión.

7. Los contratos administrativos. Contratos de la

Administración en régimen jurídico privado. El procedimiento de contratación. Ejecución y extinción del contrato.

8. El dominio público y el patrimonio privado de los entes públicos. Potestades administrativas sobre los bienes de su patrimonio. Afectación y desafectación. Régimen de utilización de los bienes demaniales y patrimoniales. Enajenación de bienes patrimoniales.

9. La noción de servicio público. Modos de gestión de los servicios públicos.

10. La potestad expropiadora: Principios generales. Titulares de la potestad y beneficiarios de la expropiación. Requisitos y procedimiento expropiatorio. Garantías jurisdiccionales.

11. La posición jurídica del ciudadano-administrado. Derechos subjetivos del ciudadano. Situaciones favorables y

desfavorables del ciudadano-administrado.

12. Estructura de la Función Pública española. La relación de servicios entre la Administración y los empleados públicos: Régimen estatutario y laboral. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones administrativas.

13. La licencia urbanística: Actos sujetos y procedimiento de otorgamiento. Reacción ante licencias ilegales y ante actos de edificación y uso del suelo sin licencia. El derecho a la edificación concluida. Deber de conservación y declaración de ruina.

14. Actividad económica y actividad financiera: Concepto y características. Funciones de la Hacienda Pública: Asignación, distribución y estabilización. Instrumentos y medios.

Coordinación de dichas funciones.

15. El sector público: Su delimitación. Operaciones que realiza. Indices para apreciar su dimensión. La contabilidad nacional y el sector público.

16. La actividad financiera descentralizada. Modelos de distribución de competencias y distintos esquemas de

distribución.

17. Teoría de los bienes sociales.

18. El Presupuesto: Concepto y fines. Distintas técnicas presupuestarias.

19. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

20. El gasto público. Criterios de elección social. La

ejecución del Presupuesto de Gastos: Fases y procedimiento.

21. El control de la actividad financiera: Concepto y clases. Organos que la realizan.

22. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. Ingresos públicos de naturaleza contractual y coactiva. El Impuesto: Concepto y clasificación.

23. Principios del ordenamiento tributario español. Potestad tributaria originaria y derivada. Aplicación e interpretación de las normas tributarias. Los tributos: Clasificación. La relación jurídico-tributaria. El hecho imponible y liquidable. Cuota y deuda tributaria. Extinción de la obligación

tributaria.

24. El procedimiento de gestión tributaria. Las declaraciones y liquidaciones tributarias. Infracciones tributarias y

sanciones.

25. La recaudación de los tributos. Organos recaudadores y procedimiento.

26. El sistema tributario español. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto extraordinario sobre el

Patrimonio. Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre

Sucesiones y Donaciones.

27. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Hecho imponible. Operaciones no sujetas. Exenciones. Lugar de realización del hecho imponible. Devengo del impuesto. Sujeto pasivo.

Repercusión. Base Imponible y deuda tributaria. Deducciones y devoluciones.

28. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Impuestos Especiales. Tasas fiscales y exacciones parafiscales. Precios públicos.

29. Financiación de las Comunidades Autónomas. Principios. Recursos financieros. Participación en los ingresos del Estado. Tasas. Tributos cedidos. Recargos sobre impuestos del Estado.

30. Las Haciendas Locales: Principios constitucionales. Coordinación con las Haciendas estatal y autonómica.

31. El Presupuesto de las Entidades Locales. El principio de Presupuesto único: Su significado. Estructura presupuestaria. Formación y aprobación del Presupuesto. Prórroga del

Presupuesto. El Presupuesto refundido.

32. Modificaciones presupuestarias y su tramitación. La liquidación del Presupuesto. Remanentes de crédito. La Cuenta General: Contenido, tramitación y aprobación.

33. Contenido de las Ordenanzas Fiscales. Procedimiento de aprobación. Entrada en vigor. Recursos contra los actos de ordenación y aplicación de los tributos.

34. Ingresos locales no impositivos. Tasas y precios públicos locales. Contribuciones especiales. Impuestos locales:

Clasificación. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

35. El Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobre

Construcciones, Instalaciones y Obras.

36. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana. La Hacienda Provincial. Recursos de otras Entidades Locales.

37. El crédito local. Tipología de créditos. Requisitos procedimentales para las operaciones de crédito.

38. Las Comunidades Europeas. Antecedentes y situación actual. Sistema institucional. Derecho originario y Derecho derivado. El Derecho Comunitario: Recepción y aplicación en España.

39. El Tratado de Maastricht y la Unión Europea. Los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión. El Comité de Regiones.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. El Régimen Local español: Evolución histórica. La

Administración Local en la Constitución de 1978. El principio de autonomía: Significado y alcance.

2. Fuentes del Ordenamiento Local. Legislación estatal sobre Régimen Local: Fundamento constitucional y naturaleza.

Legislación autonómica sobre Régimen Local. Aplicación por los Entes Locales de la legislación sectorial emanada del Estado y Comunidades Autónomas.

3. La potestad reglamentaria de los Entes Locales. Reglamento Orgánico. Ordenanzas y Reglamentos. Procedimiento de

aprobación, publicación y entrada en vigor. Reglamentos y Ordenanzas locales del Ayuntamiento de Málaga; especial referencia al Reglamento Orgánico Municipal. Los Bandos: Naturaleza, límites, publicación e impugnación.

4. Las elecciones locales. El distrito electoral. Electores y elegibles. Actuaciones de los Entes Locales en el procedimiento electoral.

5. El procedimiento electoral. Proclamación de miembros electos de las Corporaciones Locales. Régimen de recursos. Pérdida de la condición de miembro de la Corporación. Moción de censura.

6. El Municipio: Concepto y elementos. El territorio municipal. Creación y supresión de municipios. Alteración de términos municipales. División del territorio municipal en distritos y barrios.

7. La población municipal. El padrón municipal de habitantes. Estatuto del vecino. La participación vecinal. Derechos de los extranjeros.

8. Organización municipal: Organos necesarios y

complementarios. El Alcalde: Atribuciones. Tenientes de Alcalde y Concejales delegados.

9. El Ayuntamiento Pleno: Atribuciones y régimen de

delegaciones. La Comisión de Gobierno: Composición y

atribuciones. Estatuto del Concejal.

10. Comisiones informativas: Clases, composición y

competencias. Las Juntas de Distritos y otros órganos

complementarios.

11. Regímenes municipales especiales: Concejo abierto y municipios con estatuto jurídico especial. Las Entidades Locales inframunicipales: Organos de gobierno y administración.

12. Las Comarcas: Creación y organización. Las Areas

Metropolitanas. Las Mancomunidades intermunicipales: Creación y organización.

13. La Provincia como Ente Local: Organos de gobierno. Régimen de las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Regímenes de Navarra, Territorios históricos del País Vasco, Canarias y Baleares.

14. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Clases de sesiones. Requisitos y procedimientos de constitución y celebración. Clases y forma de los acuerdos. Actas y certificaciones.

15. Especialidades de sesiones y acuerdos de la Comisión de Gobierno y Comisiones Informativas. Acuerdos de la Comisión de Gobierno y Comisiones Informativas. Acuerdos de las Entidades Inframunicipales necesitados de aprobación por el Ayuntamiento.

16. Notificación y publicación de acuerdos y actos locales. Actos que ponen fin a la vía administrativa. Régimen de impugnación de actos y acuerdos locales.

17. Relaciones entre las Administraciones Locales, Autonómicas y Estatal. Fórmulas de cooperación y coordinación.

18. Competencias de los Entes Locales: Propias, delegadas y asignadas. Capacidad, competencia y obligaciones mínimas.

19. Competencias locales en materias de abastos, mataderos y mercados. Policía alimentaria y defensa del consumidor.

20. Competencias locales en materia de educación y cultura. Competencias sanitarias. Policía sanitaria y mortuoria. Competencias locales en materia de medio ambiente.

21. Competencias locales en materia de protección civil y servicios sociales. Competencias en materia de vivienda, turismo y deportes.

22. Competencias en materia de transportes y circulación. Competencias estatales y locales en materia de aguas.

23. Ejercicio por las Entidades Locales de iniciativa pública de actividades económicas: Servicios reservados y servicios públicos. Procedimiento de su efectiva ejecución.

24. Intervención de los Entes Locales en la actividad privada: Reglamentación, control preventivo y órdenes de ejecución. Principios rectores de la intervención municipal en la

actividad de los administrados.

25. Obras urbanísticas y ordinarias: Diferenciación y régimen jurídico. La expropiación forzosa.

26. Competencias estatales y autonómicas en materia de

ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Legislación estatal y autonómica. Competencias Locales.

27. El planeamiento urbanístico: Clases, contenido y naturaleza jurídica. El Plan General Municipal: Objeto, determinaciones y documentación. Delimitación de áreas de reparto y fijación de aprovechamientos tipo. Límites legales a la potestad

planificadora: Los estándares urbanísticos y las normas de aplicación directa. Procedimiento de formación y aprobación del Plan General. Competencias de la Comunidad Autónoma.

28. Los Programas de Actuación Urbanística: Objeto,

determinaciones y documentación. Procedimiento de aprobación y ejecución. Los Planes Especiales: Clases, objeto,

determinaciones, documentación y procedimiento de aprobación.

29. Los Planes Parciales: Objeto, determinaciones y

documentación. Estudios de Detalle: Objeto, determinaciones, documentación y procedimiento de aprobación.

30. El Presupuesto de los Entes Locales: Contenido. Bases de ejecución del Presupuesto. Programas anuales de actuación y planes de inversión. El estado consolidado del Presupuesto.

31. Elaboración y aprobación del Presupuesto.

32. Modificaciones presupuestarias: Clases. Tramitación y aprobación.

33. Ejecución del Presupuesto de Gastos. Fases de autorización, disposición, reconocimiento y liquidación de la obligación. Ordenación del Pago. Gastos de carácter Plurianual.

34. La contabilidad pública: Principios básicos. La

contabilidad pública y la contabilidad nacional. El Plan General de Contabilidad Pública.

35. La Contabilidad Administrativa de los Entes Locales: Ambito de aplicación, competencias y fines.

36. Recaudación de derechos del presupuesto corriente.

37. Devolución de ingresos indebidos. Aplazamientos y

fraccionamiento de derechos reconocidos. El procedimiento de apremio.

38. La Función Pública Local. Funcionarios con habilitación nacional. La articulación en Administración General y Especial de los funcionarios locales. El personal eventual. El personal laboral al servicio de las Corporaciones Locales. Organos competentes en materia de personal en el ámbito local.

39. Las plantillas de personal y su repercusión presupuestaria. Los Planes de Empleo. La Oferta de Empleo Público. Los

catálogos y relaciones de puestos de trabajo. Provisión de puestos de trabajo. Régimen retributivo del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

40. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial. Situaciones administrativas. La promoción y sus clases. Derechos del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Derechos colectivos. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Régimen disciplinario. Deberes e incompatibilidades.

ANEXO 3

CONVOCATORIA DE 8 PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 8 plazas de Administrativo de Administración General, incluidas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, pertenecientes al Grupo C, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Poseer la titulación de Bachiller Superior, F.P.2 o

equivalente (se considera equivalente, entre otras

circunstancias posibles, la acreditación de haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años) o una antigüedad de diez años en plazas del Grupo D, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración General del Grupo D de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm.

31, de 16 de febrero de 1998, desarrollándose como a

continuación se indica:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título Superior Universitario: 1 punto.

Título Medio Universitario: 0,75 puntos.

Título de F.P. 2: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe:

a) Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la realización de una prueba escrita tipo test, comprensiva de 75 preguntas con respuestas alternativas, o bien en un cuestionario con idéntico número de supuestos, sobre la totalidad de las materias incluidas en el programa. El Tribunal determinará el tiempo máximo para su realización. Este ejercicio se calificará de 0 a

10 puntos y los/as aspirantes deberán alcanzar, al menos, 5 puntos para superarlo.

b) Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la resolución de uno o dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que se referirán al grupo de temas incluido en las materias

específicas del programa y a las funciones propias de la plaza convocada. Dicho ejercicio constará de un enunciado o

planteamiento para cada supuesto práctico y de una serie de cuestiones a las que los/as candidatos/as deben responder. El Tribunal determinará, en el anuncio que señale la fecha de realización de este ejercicio, el posible uso de material específico durante el desarrollo de la prueba. La duración del ejercicio será de 90 minutos. Si la lectura del ejercicio se realiza por los/as propios/as aspirantes en sesión pública, el Tribunal podrá dialogar con el/la candidato durante un plazo de

10 minutos acerca de las soluciones ofrecidas a los casos prácticos. Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.

c) Tercer ejercicio: De carácter voluntario. Consistirá en una prueba de informática referida a la utilización del sistema operativo Windows'95 y, fundamentalmente, al manejo del tratamiento de textos Word dentro de dicho sistema.

Concretamente las/os aspirantes deberán realizar lo siguiente en el tiempo máximo que les indique el Tribunal:

1. Se les proporcionará un disquete que contendrá varios documentos. Deberán recuperar uno de ellos.

2. Sobre dicho documento recuperado efectuarán las

modificaciones que les indique el Tribunal (cambios de letra, negrita, subrayados, etc.).

3. En el documento mencionado anteriormente insertarán parte de un segundo documento incluido en el disquete proporcionado.

4. Se facilitará a las/os aspirantes un disquete virgen que deberán formatear.

5. Los/as aspirantes deberán grabar el documento indicado en el apartado 3.º anterior en el disquete virgen y en un directorio (carpeta) determinada, asignándole un nombre que les facilitará el Tribunal.

En este tercer ejercicio se podrá obtener una puntuación total máxima de 5 puntos.

Las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios anteriores se sumarán por el Tribunal a efectos de elaborar la relación de candidatos aprobados en la convocatoria, que se determina en la base núm. 50 de las Normas Generales.

3.2. Temario:

MATERIAS COMUNES

1. Principios de actuación en la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley, sus clases.

3. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto de

Autonomía. Competencias y recursos financieros. La Asamblea Legislativa. El Presidente y el Consejo de Gobierno. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica.

4. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto, clases y límites.

5. El Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación actual. La autonomía local.

6. El término municipal. La población municipal. El

empadronamiento municipal.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. El procedimiento administrativo: Concepto y Clases. Su regulación actual. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento.

2. Los recursos administrativos: Concepto y principios

generales. Recursos ordinario y de revisión. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3. La organización municipal. El Ayuntamiento: El Alcalde, el Pleno y la Comisión de Gobierno. Competencias de los

Ayuntamientos.

4. Ordenanzas y Reglamentos Locales: Procedimiento de

elaboración y aprobación. Los bandos. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos locales.

5. La Función Pública Local. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. La Oferta de Empleo Público. La selección de los funcionarios propios de la Corporación. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Régimen disciplinario. Los derechos colectivos. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Referencia al personal laboral.

6. Estatuto del vecino. Información y participación ciudadana.

7. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada. El régimen jurídico de las licencias.

8. La contratación administrativa en la esfera local.

9. La Hacienda Local. Ordenanzas Fiscales. Clasificación de los ingresos locales. Régimen jurídico del gasto público local.

10. Los Presupuestos Locales. Contabilidad y Cuentas.

11. Importancia del factor humano en la organización del trabajo en equipo. Motivación y autoestima del personal.

12. La información administrativa. Relaciones de la

Administración con los ciudadanos. El ciudadano como cliente y destinatario de los servicios y prestaciones públicas.

13. La eficacia administrativa. La dirección por objetivos.

14. El control de la actividad administrativa. Las nuevas tecnologías y su aplicación en la Administración Local.

15. La organización del trabajo. El protocolo administrativo. El uso del lenguaje administrativo.

16. El archivo. Organización de los fondos documentales. El archivo a disposición de la Administración, los ciudadanos y la investigación. La documentación en la Administración Local: Tratamiento y análisis. Clases de documentación y su

aprovechamiento.

17. Concepto de informática. Arquitectura de ordenadores; La unidad central de proceso. Definición de registro. La memoria central, la unidad aritmética y lógica. Evolución de la estructura de los ordenadores. Generaciones. La periferia de un ordenador. Soportes de la información. Equipos transcriptores. Unidades de entrada. Unidades de salida. Canales de entrada y salida.

18. Estructuras de almacenamiento de datos. Tipos de ficheros. Métodos de acceso. Las bases de datos. Características, objetivos y tipos.

19. La teleinformática. Esquema genérico de la transmisión de datos a distancia. Características básicas de los elementos fundamentales. Las redes públicas de transmisión de datos.

20. El sistema Windows y el correo informático.

ANEXO 4

CONVOCATORIA DE 3 PLAZAS DE AUXILIAR DE ADMINISTRACION GENERAL

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 3 plazas de Auxiliar de Administración General, incluidas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, pertenecientes al Grupo D, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Título de Graduado Escolar, F.P.1 o equivalente.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración General del Grupo E de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El desarrollo de proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 31, de 16 de febrero de 1998, con las siguientes particularidades:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 punto por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título Medio Universitario: 1 punto.

Título de F.P. 2: 0,75 puntos.

Título de F.P. 1: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Se ajustará a lo determinado en el Capítulo VI de las Normas Generales de la convocatoria, desarrollándose los ejercicios como a continuación se describe.

a) Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos/as los/as aspirantes. Constará de una prueba de sesenta preguntas tipo test sobre:

a) Ortografía (20 preguntas).

b) Cálculo, ajustado al nivel académico exigido en las bases de la convocatoria (20 preguntas).

c) Test de 20 preguntas sobre la totalidad del temario que constituye el programa.

La prueba se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar este ejercicio deberán obtenerse cinco o más puntos. El tiempo de realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.

b) Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en una copia

utilizando el tratamiento de textos Word dentro del sistema Windows'95, durante diez minutos, de un texto que facilitará el Tribunal, extraído de la prensa diaria de la fecha de

realización de la prueba, y a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto. La puntuación correspondiente a la velocidad expresada en el número de pulsaciones realizadas será la que determine el Tribunal motivadamente de acuerdo con el nivel demostrado por los/as aspirantes que efectúen la prueba.

Del número de pulsaciones realizadas por el/la aspirante se eliminarán, en la proporción que decida el Tribunal y a efectos de determinar la velocidad mínima exigida de 250 pulsaciones por minuto, los borrones, errores, faltas de ortografía, espacios en blanco no adecuados, etc. Dentro de la puntuación otorgada por el Tribunal en la valoración de las puntuaciones alcanzadas por los/as candidatos/as podrá tenerse en cuenta la forma de presentación, la limpieza y la exactitud del escrito copiado.

No se podrán efectuar correcciones en lo transcrito por los aspirantes. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzar los/as candidatos/as para superarlo, al menos, 5 puntos.

c) Tercer ejercicio: De carácter voluntario. Consistirá en una prueba de informática referida a la utilización del sistema operativo Windows'95 y, fundamentalmente, al manejo del tratamiento de textos Word dentro de dicho sistema.

Concretamente las/os aspirantes deberán realizar lo siguiente en el tiempo máximo que les indique el Tribunal:

1. Se les proporcionará un disquete que contendrá varios documentos. Deberán recuperar uno de ellos.

2. Sobre dicho documento recuperado efectuarán las

modificaciones que les indique el Tribunal (cambios de letra, negrita, subrayados, etc.).

3. En el documento mencionado anteriormente insertarán parte de un segundo documento incluido en el disquete proporcionado.

4. Se facilitará a las/os aspirantes un disquete virgen que deberán formatear.

5. Los/as aspirantes deberán grabar, el documento indicado en el apartado 3.º anterior, en el disquete virgen y en un directorio (carpeta) determinada, asignándole un nombre que les facilitará el Tribunal.

En este tercer ejercicio se podrá obtener una puntuación total máxima de 5 puntos.

Las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios anteriores se sumarán por el Tribunal a efectos de elaborar la relación de candidatos aprobados en la convocatoria, que se determina en la base núm. 50 de las Normas Generales.

3.2. Temario:

MATERIAS COMUNES

1. Concepto y regulación del procedimiento administrativo. Su iniciación, ordenación, instrucción y finalización. El acto administrativo. Su Motivación. Notificación y publicación.

2. Las Administración Local: Entidades que comprende.

Regulación actual. Organos del Municipio y sus competencias. Organos de la Provincia y sus competencias.

3. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Sus clases. La Oferta de Empleo Público y las relaciones de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Régimen disciplinario. Especial referencia a los derechos colectivos. El régimen de incompatibilidades. La Seguridad Social de los funcionarios locales.

4. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Málaga.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. El Presupuesto de las Corporaciones Locales: Elaboración, aprobación y ejecución.

2. Las Haciendas Locales: Referencia a los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

3. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana. El ciudadano como cliente y como usuario de los servicios públicos.

4. La atención al público: Acogida e información. Los servicios de información y reclamación administrativa.

5. La comunicación en la Administración: Ideas generales. La comunicación telefónica. La comunicación escrita. El expediente administrativo. La comunicación oral. Otras formas de

comunicación. El uso correcto del lenguaje administrativo.

6. El Registro de documentos: Concepto. El Registro de entrada y salida: Su funcionamiento en las Corporaciones Locales. La presentación de instancias y otros documentos en las oficinas públicas. La informatización de los Registros.

7. El archivo: Concepto. Clases de archivo y su funcionamiento. Principales criterios de ordenación. Especial referencia al archivo de gestión. El derecho de los ciudadanos al acceso a archivos y registros.

8. El trabajo personal: Su organización y planificación. Evaluación y autocontrol. La motivación del personal en el sector público.

9. Definición de informática. Concepto de ordenador.

Clasificación de los ordenadores. La Unidad Central de Proceso. Dispositivo de entrada y salida.

10. Almacenamiento de la información. Fichero. Registro. Campo. Operaciones sobre ficheros. Organización de ficheros.

Dispositivo de almacenamiento. Ficheros en disco. Directorios.

11. Bases de datos. Necesidad. Objetivos. Prioridades.

Estructura lógica.

12. Telemática. Transmisión de datos. Tipo de conexión. Elementos físicos. Ofimática. Objetivos. Ventajas y

aplicaciones ofimáticas. Procesadores de textos. Hojas de cálculo. Bases de datos. Gráficos. Paquetes integrados.

ANEXO 17

CONVOCATORIA DE 3 PLAZAS DE OFICIAL DE OFICIO ALBAÑIL

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 3 plazas de Oficial de Oficio Albañil, incluidas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, pertenecientes al Grupo D, en régimen funcionarial y turno de promoción interna.

2. Requisitos específicos:

- Título de Graduado Escolar, F.P. 1 o equivalente.

- Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio en plazas incluidas en la Escala de Administración Especial de los Grupos D o E de funcionarios de carrera de esta Corporación.

3. Procedimiento de selección: Concurso-oposición.

3.1. El proceso selectivo se ajustará a lo determinado en el Capítulo VIII de las Normas Generales de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm.

31, de 16 de febrero de 1998, salvo las peculiaridades

contenidas en el presente Anexo, desarrollándose como a continuación se indica:

A) Fase de concurso: Se desarrollará de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo VII de las Normas Generales de la convocatoria, aplicándose el baremo de acuerdo con la siguiente ponderación:

1. Méritos profesionales, hasta un máximo de 7,5 puntos:

a) La antigüedad en la Administración Pública se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a

6 meses), hasta un máximo de 6 puntos. A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al último día del plazo de presentación de instancias, que puedan ser reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de

26 de diciembre. No se computarán nunca a efectos de antigüedad los servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) La valoración del trabajo desarrollado en puestos de igual o similar naturaleza o categoría al convocado desempeñados en cualquier Administración Pública no podrá superar 1,5 puntos, valorándose según la siguiente proporción: 0,25 puntos por cada año completo de servicio o fracción superior a 6 meses (no computándose las fracciones inferiores a 6 meses), acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

2. Méritos académicos y de formación, hasta un máximo de 2,5 puntos:

a) La posesión de títulos académicos oficiales, siempre que se encuentren relacionados con la plaza convocada, se valorará de acuerdo con la siguiente proporción, hasta un máximo de 1 punto:

Título Medio Universitario: 1 punto.

Título de F.P. 2: 0,75 puntos.

Título de F.P. 1: 0,50 puntos.

En ningún caso el título exigido en la convocatoria podrá tenerse en cuenta a efectos de puntuarse en este apartado. Igualmente, el título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia.

b) Los cursos y seminarios, siempre que se encuentren

relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por organismos oficiales, se valorarán de acuerdo a la siguiente proporción:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,15 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- De 101 a 199 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 200 horas en adelante: 0,30 puntos.

No serán valorados los cursos cuando su duración sea inferior a 10 horas o no se justifique la misma. La participación del/la aspirante como ponente en los cursos referidos anteriormente se calificará con el triple de la puntuación expresada,

dependiendo de su duración. La puntuación máxima que se podrá otorgar en este apartado será de 1,5 puntos.

La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será de 10 puntos.

B) Fase de oposición: Los candidatos deberán realizar un único ejercicio obligatorio de contenido eminentemente práctico que se desarrollará como a continuación se expone:

Ejercicio práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en desarrollar, en el tiempo determinado por el Tribunal, dos supuestos prácticos relativos a las funciones propias de las plazas a cubrir y relacionados con los temas incluidos en las materias del programa que se adjunta.

Uno de ellos se realizará por escrito y en él se plantearán diversas cuestiones que permitan al Tribunal determinar los conocimientos teórico-prácticos que sobre dicho supuesto tienen los aspirantes. El otro consistirá en la ejecución material de una o varias tareas propias de la actividad profesional.

Cada uno de los supuestos se calificará de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlos haber obtenido en cada uno de ellos un mínimo de cinco puntos, una vez realizada la

correspondiente media aritmética de las calificaciones

otorgadas por cada miembro del Tribunal. La puntuación final será la resultante de la suma de las obtenidas en cada uno de los supuestos.

3.2. Temario:

1. Conocimiento de materiales. Materiales principales y auxiliares utilizados en la Construcción. Origen,

particularidades y aplicaciones de cada uno de ellos.

2. Conocimiento de herramientas y máquinas utilizadas en la Construcción. Manejo y mantenimiento.

3. Obra de fábrica de ladrillo ordinario y visto.

4. Obra de fábrica con bloques de cemento.

5. Enfoscados con mortero de cemento. Enfoscados maestreados, fratosados y a buena vista. Preparación de paramentos.