Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 02/06/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

ORDEN de 1 de junio de 2001, por la que se actualiza el contenido del Anexo del Decreto 104/2001, de 30 de abril, por el que regulan las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos de distribución.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 62, de

31 de mayo de 2001, publicó el Decreto 104/2001, de 30 de abril, por el que se regulan las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos de distribución, con entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

La Disposición Final Primera de la referida norma establece que el contenido del Anexo del Decreto podrá ser actualizado mediante Orden del Consejero de Salud, a propuesta del Director General de Aseguramiento, Financiación y Planificación, de acuerdo con las modificaciones que, por su interés terapéutico o relevancia, se consideren adecuadas.

A la vista de la relevancia que en el caso de la prevención supone el evitar tanto los embarazos no deseados como la transmisión de enfermedades infecciosas, se ha considerado adecuado y necesario ampliar los medicamentos y productos de tenencia mínima en ambos sentidos. Habiéndose autorizado e incluido en el Registro de Especialidades Farmacéuticas el principio activo Levonorgestrel y, disponible en el mercado con posterioridad a la aprobación por el Consejo de Gobierno del mencionado Decreto, es por lo que se estima necesario agregar en el citado Anexo dicho principio activo, así como en el listado de productos sanitarios, los preservativos.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Aseguramiento, Financiación y Planificación, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto

104/2001, de 30 de abril, por el que se regulan las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos de distribución, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 44.4 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

D I S P O N G O

Artículo único. Actualización de Anexo.

El Anexo del Decreto 104/2001, de 30 de abril, por el que se regulan las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos de distribución, se actualiza mediante la incorporación de los medicamentos y productos siguientes:

Grupo terapéutico G03A3 Progestágenos solos. Principio activo Levonorgestrel 0,750 mg. Vía de administración: Oral.

Núm. envases: 3.

Producto sanitario: Preservativos.

Descripción: Látex.

Núm. envases: 4 envases.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de junio de 2001

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Salud