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Al amparo de lo previsto en el artículo 46.n) del Decreto/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 8, de 19 de enero de 1999), en consonancia con el artículo 50 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (BOE núm. 209, de 1 de septiembre), la Junta de Gobierno de esta Universidad, en sesión núm. 16, de 18 de mayo de 2001, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar las Escalas propias de personal de Administración y Servicios de la Universidad de Jaén que a continuación se indican:
Grupo A (para su ingreso se exigirá título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero):
Escala Estadística Facultativa.
Grupo B (para su ingreso se exigirá título de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente):
Escala Técnica Estadística.
Jaén, 28 de mayo de 2001.- El Rector, Luis Parras Guijosa.
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