La Junta
Consejo de Gobierno
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Examinadas las solicitudes presentadas por el referido personal durante el período comprendido desde el 1 de diciembre de 2000 al 31 de marzo de 2001, relativas a la modalidad «Protésica y Odontológica¯ correspondientes a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establecen las Ordenes de la Consejería de Gobernación de 10 y 12 de julio de
1996 (BOJA de 25.VII) mediante las que se aprueban los Reglamentos de las citadas ayudas, tienen lugar los siguientes
HECHOS
Primero. Que de conformidad con lo señalado en el artículo.1 de las citadas Ordenes, la modalidad de ayuda «Protésica y Odontológica¯ tiene el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio.
Segundo. Que en la Sección 1.ª del Capítulo II de las repetidas Ordenes se regula específicamente cuanto se refiere a la expresada modalidad de ayuda.
A tales Hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. El artículo 9.7.a) de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 10 de noviembre de 2000, por la que se delegan competencias en diversas materias en los Organos de la Consejería (BOJA de 30.XI), por el que se establece la competencia de esta Delegación Provincial para conocer y resolver este asunto.
II. Los artículos 8 y siguientes del citado Reglamento, en relación con el artículo 5 del mismo texto normativo, que establece el procedimiento que ha de seguirse para la adjudicación de las Ayudas de Acción Social.
Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Primero. Publicar los listados provisionales del personal funcionario y no laboral y del personal laboral excluidos de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social en la modalidad de «Protésica y Odontológica¯ presentadas en el período del 1 de diciembre de 2000 al 31 de marzo de 2001, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestos en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial.
Segundo. Conceder un plazo de 10 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes en relación al contenido de los listados que se publican y, en su caso, subsanen los defectos padecidos en su solicitud o en la documentación preceptiva.
Dichas reclamaciones se presentarán en el Registro General de Entrada de esta Delegación Provincial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Córdoba, 29 de mayo de 2001.- La Delegada, Soledad Pérez Rodríguez.
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