Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 28/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 4 de junio de 2001, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada Antonia León-San Isidoro, de la localidad de Espejo (Córdoba).

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción, en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería, de la Fundación denominada «Antonia León-San Isidoro¯, constituida y domiciliada en Espejo (Córdoba), calle Regiones Devastadas, núm. 5.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación «Antonia León-San Isidoro¯ fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 1 de marzo de 2001, ante don Antonio Rafael Díaz Pareja, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 47, corregidas por otras de fecha 30 de abril de 2001, con número de protocolo 89, ante el mismo Notario, fundada por doña Antonia León Castro.

Segundo. Tendrá, principalmente, los objetivos y fines siguientes:

Tiene por objeto dotar económicamente y cada año, la cantidad que decida el Patronato, a aquellas personas o entidades que desarrollen actos ordenados a la investigación y mejora del aceite de oliva y sus derivados, así como su promoción y difusión de su consumo y/o ayudas a los mejores estudiantes universitarios o preuniversitarios.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por dos mil doscientos (2.200) euros, equivalentes a trescientas setenta mil cuatrocientas cincuenta (370.450) pesetas, depositadas en la entidad CajaSur, sucursal de Espejo (Córdoba).

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía, de modo exclusivo, a un Patronato, formado por un mínimo de tres miembros, siendo su Presidente don Manuel Pineda Priego.

Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Decreto 2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley/94, de

24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los Hechos y Fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad e

inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Antonia León-San Isidoro¯, domiciliada en Espejo (Córdoba), calle Regiones Devastadas, núm. 5.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las Escrituras Públicas de fecha 1 de marzo de 2001, corregidas por otras de fecha 30 de abril de 2001.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta

Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su

publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, o, en el plazo de un mes, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de

Educación y Ciencia, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99.

Sevilla, 4 de junio de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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