Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 14/07/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

DECRETO 137/2001, de 12 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la categoría de Diplomado Universitario en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud para el año 2001.

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En la Administración Sanitaria resulta preciso ofertar las plazas que garanticen los objetivos establecidos para el buen funcionamiento de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, dada la naturaleza del servicio que prestan y de acuerdo con las previsiones contenidas en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. Por ello, se hace necesario aprobar la Oferta de Empleo Público de la categoría de Diplomado Universitario en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud para el año 2001, conforme a lo dispuesto en el artículo

35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

La oferta que se aprueba se desarrollará a través de los procesos de cobertura de plazas vacantes, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

Atendiendo al principio de eficacia y al criterio de eficiencia que proclama el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, considerando razones de oportunidad y racionalidad administrativa y con la finalidad de no dilatar en exceso el proceso de conversión de empleo temporal en fijo iniciado tras la publicación de la Oferta de Empleo Público del Organismo de 1997, las plazas incluidas en la Oferta que se aprueba se convocarán conjuntamente con las ofertadas, para la categoría de Diplomado Universitario en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario, en la Oferta de Empleo Público para 1998 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, aprobada mediante Decreto 282/1998, de 29 de diciembre.

En el procedimiento de elaboración de este Decreto se han cumplido las previsiones de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sobre la negociación previa con las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa de Negociación de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud, con informes favorables de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Consejería de Justicia y Administración Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del 12 de junio de 2001,

D I S P O N G O

Artículo 1. Oferta de Empleo Público de la categoría de Diplomado Universitario en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario para el año 2001.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud para el año 2001, que estará constituida por un total de 741 plazas, de la categoría de Diplomado Universitario en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario de los niveles de asistencia sanitaria de Atención Primaria y Areas Hospitalarias.

Artículo 2. Desarrollo.

1. Las plazas ofertadas se convocarán conjuntamente con las 300 plazas correspondientes a la categoría de Diplomado Universitario en Enfermería/Ayudante Técnico Sanitario, ofertadas en el Decreto 282/1998, de 29 de diciembre, de Oferta de Empleo Público para 1998.

2. La asignación de plazas a los procedimientos de concurso de traslado y pruebas selectivas se determinará en las respectivas convocatorias, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente que regula los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

3. En las convocatorias de los procedimientos selectivos se recogerán las plazas que podrán ser cubiertas por el sistema de promoción interna, así como aquéllas que quedarán reservadas para ser cubiertas por personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación.

Disposición Final Primera. Autorización al Servicio Andaluz de Salud.

Se autoriza al Servicio Andaluz de Salud para adoptar cuantas medidas sean necesarias en cumplimiento de lo previsto en este Decreto.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de junio de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Salud

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