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A los efectos prevenidos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con lo que determina el art. 9.1 del R.D. 1712/91, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, y debido al vencimiento del plazo legalmente establecido para la convalidación, se requiere a las industrias de la provincia de Málaga que figuran en Anexo para que, en el plazo de 15 días a partir de su publicación, formulen la solicitud de convalidación, indicándoles que de no hacerlo en el mismo, se procederá a la retirada de la autorización sanitaria de funcionamiento y en consecuencia a la revocación de la inscripción correspondiente, sin cuyo requisito se reputarán clandestinas.
Moreno Gómez, Francisco Javier.
NRS: 20.0014714/MA.
Santa Ana, 42.
29330 Almargen (Málaga).
Witula, S.L.
NRS: 21.0001800/MA.
Miguel Bueno Lara, 10.
29013, Málaga.
Carrasco Pacheco, Juan.
NRS: 20.0008623/MA.
Málaga, 63.
29560, Pizarra (Málaga).
Málaga, 27 de junio de 2001.- El Delegado, José Luis Marcos Medina.