Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 21/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de junio de 2001, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se conceden subvenciones a Corporaciones Locales para mejora de su infraestructura.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de 29 de diciembre de 2000, de la Consejería de Gobernación, regula el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura en el presente ejercicio relativas a:

- Equipamiento y obras de primer establecimiento, reforma, reparación y conservación de Casas Consistoriales, dependencias municipales o edificios destinados a la prestación de servicios públicos de las Entidades Locales y Entidades Públicas de carácter supramunicipal.

- Adquisición de bienes inventariables.

Por los Ayuntamientos que se relacionan se han formulado las correspondientes peticiones para la concesión de este tipo de subvenciones.

Vistos los expedientes por esta Delegación del Gobierno y teniendo en cuenta las atribuciones que me han sido conferidas por la propia Orden de 29 de diciembre de 2000 en su articulo

10.1 he resuelto conceder las subvenciones que a continuación se relacionan, con especificación de las Corporaciones Locales beneficiarias, objeto e importes concedidos:

Ayuntamiento: Castellar.

Objeto: Adquisición plataforma para servicios múltiples. Cuantía de la subvención: 2.708.606 ptas. (16.279,05 euros).

Ayuntamiento: Cazorla.

Objeto: Equipamiento parque infantil Aldea El Molar. Cuantía de la subvención: 2.000.000 de ptas. (12.020,24 euros).

Ayuntamiento: Lahiguera.

Objeto: 1.ª fase obras de reforma y adaptación del actual Salón de Plenos para dependencias administrativas. Cuantía de la subvención: 2.000.000 de ptas. (12.020,24 euros).

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme al artículo 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contensioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley

4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 29 de junio de 2001.- El Delegado, Francisco Reyes Martínez.

Descargar PDF