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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 26 de abril de 2001, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Málaga, en el recurso contencioso-administrativo número 452/00, promovido por Instalaciones Llave en Mano Suica, S.L., cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que, desestimando la demanda deducida por Instalaciones Llave en Mano Suica, S.L., representada y asistida por la letrada Sra. Galindo Galindo, contra la Resolución de fecha 9 de octubre de 2000, de la Dirección General de Trabajo (Junta de Andalucía), que confirmó la Resolución de la Delegación Provincial de Trabajo en Málaga de 30 de junio de 1999, recaída en expediente núm. 180/99, debo declarar y declaro que dichos actos administrativos impugnados son conformes a Derecho; sin hacer imposición de las costas.
Sevilla, 29 de junio de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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