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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 23 de abril de 2001, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Málaga, en el recurso contencioso-administrativo número 441/00, promovido por C. y R. Hermes, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que, desestimando la demanda deducida por C. y R. Hermes, S.L., representada y asistida por la letrada Sra. Molina Pérez, contra la Resolución de fecha 18 de septiembre de 2000, dictada por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social (Junta de Andalucía), que confirmó la Resolución de 26 de mayo de
1999, de la Delegación Provincial en Málaga, de la Consejería de Empleo, en expediente núm. 103/99, debo declarar y declaro que dichos actos administrativos impugnados son conformes a Derecho; sin hacer imposición de las costas.
Sevilla, 29 de junio de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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