Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 24/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 147/2001, de 19 de junio, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba), de una finca sita en el Camino de Aguilar de la citada localidad y del edificio construido en la misma, con destino a Centro de Salud, y se adscriben al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba) fueron ofrecidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía una finca ubicada en el Partido Camino de Aguilar de dicho municipio, así como el edificio construido en la misma, con destino a Centro de Salud.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá mejorar las prestaciones sanitarias a la citada población y su entorno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 19 de junio de 2001,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba) de la siguiente finca, así como del edificio construido en la misma:

Suerte de tierra con 31 áreas, 30 centiáreas y 34 decímetros cuadrados de cabida, radicante en el partido Camino de Aguilar, término de Benamejí. Linda: Norte, Jerónimo Ariza Ariza; Sur, Antonio Ariza Ariza; Este, Camino de Aguilar; y, Oeste, Juan Gómez Sánchez.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Rute, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Benamejí, al folio 105 del tomo 941, libro 190, finca núm. 2516-N.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de la Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la finca y el inmueble donados, que se adscriben al Servicio Andaluz de Salud con destino a Centro de Salud.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 19 de junio de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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