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Mediante Resolución de 15 de mayo de 2001, la Viceconsejería de Turismo y Deporte (P.D., Orden de 24 de junio de 1996) dispone:
«Advertido error en el texto de la Resolución de la Viceconsejería de Turismo y Deporte de 12 de enero de 2001, (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 23, de 24 de febrero), por la que se autoriza la creación del Centro de Iniciativas Turísticas del Municipio de Antequera (Málaga), y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley
4/1999, de 13 de enero, modificativa de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
D I S P O N G O
Rectificar la Resolución de 12 de enero de 2001 como a continuación se detalla:
Donde dice: Autorizar la creación del Centro de Iniciativas Turísticas del Municipio de Antequera (Málaga).
Debe decir: Autorizar la creación del Centro de Iniciativas Turísticas de los Municipios de Alameda, Almargen, Archidona, Ardales, Campillos, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Valle de Abdalajis, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción, Villanueva del Rosario, Villanueva de Tapia y Villanueva del Trabuco, que integran la Comarca Natural de Antequera (Málaga).¯
Sevilla, 28 de junio de 2001.- El Director General, Manuel Cid Pérez.
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