Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 31/07/2001

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Segunda, dimanante del rollo de apelación núm. 2421/00-C. (PD. 2139/2001).

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Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación núm. 2421/00-C, se ha dictado la sentencia núm. 519, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia: Ilmos. Sres. don Rafael Márquez Romero, don Carlos Piñol Rodríguez y don Antonio Salinas Yanes. En Sevilla, a veintinueve de julio de dos mil uno. Vistos por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de juicio de menor cuantía seguidos en el Juzgado de

1.ª Instancia núm. Dos de Sevilla, con el núm. 205 de 1999, en los que se dictó sentencia con fecha 28 de diciembre de 1999, que fue apelada por el Procurador don Juan José Barrios Sánchez, en nombre y representación de la actora doña Ana Hermida Talavera, defendida por el Abogado don Angel Cabañil Soto, siendo parte apelada los demandados don Antonio Sánchez Carrasco y don Julio Clavijo Romero, declarados rebeldes, que no han comparecido en el recurso.

Fallamos: Que estimando el recurso de apelación, interpuesto por el Procurador don Juan José Barrios Sánchez, en nombre y representación de la actora doña Ana Hermida Talavera, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Dos de Sevilla, con fecha 28 de diciembre de 1999, en el juicio declarativo de menor cuantía núm. 205 de 1999, debemos revocar la misma y declaramos que la actora es la única propietaria del inmueble situado en San Juan de Aznalfarache (Sevilla), calle Cáceres, núm. 4, 2.ª dcha., inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 8 de Sevilla, al tomo 410, libro 12.468, a nombre de don Antonio Sánchez Carrasco, condenando al mismo, y a don Julio Clavijo Romero, a estar y pasar por esta declaración, librándose mandamiento al Registrador de la Propiedad, para que inscriba a nombre de doña Ana Hermida Talavera y sin hacerse expresa condena en costas en ninguna instancia.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia de

1.ª Instancia núm. Dos de Sevilla, con testimonio de esta sentencia y despacho para su cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos en lugar y fecha. Don Rafael Márquez Romero, don Carlos Piñol Rodríguez y don Antonio Salinas Yanes. Rubricados.

Y para que conste y sirva de notificación a los demandados Rebeldes don Antonio Sánchez Carrasco y don Julio Clavijo Romero, expido el presente en Sevilla, a doce de julio de dos mil uno. El Secretario, don Antonio Elías Pérez.

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